Playa del Carmen
Denuncia CROC violación de los derechos laborales en Hotel Hard Rock Riviera Maya

Playa del Carmen. – Roberto Chapur, propietario del Hotel Hard Rock Rivira Maya no respetan los derechos laborales de las y los trabajadores, a toda costa proteger sus intereses económicos, afirmó el secretario general de la CROC en Quintana Roo, Martín de la Cruz Gómez, quien dejó claro que todos los trabajadores deberán participar en el recuento del próximo miércoles y no deben temer porque sus derechos están garantizados.
En conferencia de prensa, el dirigente sindical subrayó que de manera sorpresiva, la autoridad laboral notificó el martes pasado el Acuerdo de Admisión de Pruebas, donde se señala, el miércoles 30 de junio del año en curso, para el recuento en el que los trabajadores del Hard Rock Riviera Maya decidirán qué sindicato quieren que los represente.
Sin embargo, esto lo determinó la autoridad laboral sin que exista un padrón previo exhibido sobre el cual poder determinar quiénes son los trabajadores que van a tener derecho a votar, lo que genera incertidumbre respecto a ese proceso.
Martín de la Cruz calificó tal la decisión como mal fundada por parte de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, al dar fecha para el recuento, sin tener el listado de trabajadores de esa empresa hotelera, entre otros puntos irregulares.
Por su parte, la apoderada legal de la CROC, Leslie Berenice Baeza Soto, refirió que tampoco se sabe el contenido que estará impreso en las boletas de elección, ni cuántas serán, por lo que realmente, destaca es irregular ese acuerdo y extraña que se haya fijado la fecha del recuento sin que exista lista del padrón de trabajadores, sin ver la boleta y sin tomar medidas de apersibimiento para que haya orden.
Ante tal situación, el sindicato de la CROC interpuso un Amparo para que toda esta situación se resuelva de manera pronta. Además ha solicitado la presencia de inspectores de la Comisiónde Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo y de la Inspección Federal del Trabajo de la Secretaría del Tra bajo y Previsión Social (STPS) para que vigilen la legalidad y el respeto del derecho a votar de los trabajadores.
Cabe recordar también que fue desde el 17 de diciembre del año 2020 cuando el sindicato de la CROC ingresó la Demanda de Titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), luego de que desde el 2 de junio del mismo año un grupo de trabajadores del Hard Rock Riviera Maya se acercó a este sindicato en busca de apoyo ante la falta de una real representación sindical por parte de la CTM que en alianza con Roberto Chapur, oprime, somete e impone jornadas de trabajo extraordinarias que no le reconoce a los trabajadores.
Por todo lo antes expuesto, el Hotel Hard Rock Riviera Maya incumple tambièn los acuerdos laborales del T-Mec. Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, que entró en vigor el primero de julio del 2020 y que incluye un capítulo laboral que busca mejorar condiciones laborales y salariales de los trabajadores en México. De conformidad con el Convenio 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Por último, se mencionó que el Hotel Hard Rock y su propietario, Roberto Chapur, no acepta la democracia y libertad sindical, es una empresa inhumana, que se enriquece a costa de no cumplir con sus obligaciones para con sus trabajadores; vigila instalaciones del hotel con perros adiestrados y, ha buscado a toda costa desvirtuar la lucha que la CROC realiza a favor de los derechos laborales de las y los trabajadores.
En esta conferencia de prensa estuvo presente también el Comisionado sindical, Uri Carmona Islas.

Playa del Carmen
Invalida la Corte reformas legales en materia urbana y ambiental del municipio de Solidaridad

CDMX.-El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó diversos artículos de una reforma realizada a la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a la Ley de Acciones Urbanísticas y a la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, todas del Estado de Quintana Roo, mediante el Decreto Número 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés, así como del artículo Sexto Transitorio del Decreto Número 190, publicado en el Periódico Oficial del Estado de la misma entidad, el veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés, a través del cual se reformó el referido Decreto Número 093.
El municipio de Solidaridad, Estado de Quintana Roo, demandó la invalidez de la
reforma a diversos preceptos contenidos en el referido Decreto Número 093, al
considerar que invadían sus atribuciones constitucionales, por excederse respecto de
ámbitos como ordenamiento territorial y uso de suelo, la planificación urbana y no
regular conforme al principio de protección y progresividad del espacio público.
El Pleno en su análisis concluyó que actos como la Constancia de Congruencia
Urbanística Estatal, implica un acto unilateral del Poder Ejecutivo local que, si bien
tiene por finalidad verificar la congruencia y compatibilidad de las obras o acciones
urbanísticas, lo cierto es que termina por condicionar las autorizaciones sobre uso de
suelo y licencias de construcción que previamente emitió el municipio, con base en el
escrutinio que efectúe la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable de la
entidad federativa.
Similar razonamiento mereció la regulación impugnada que faculta al gobierno estatal
para emitir las diversas Constancias de Compatibilidad Territorial en cualquiera de sus
modalidades, pues sujeta a las autorizaciones municipales, en última instancia a la
aprobación del Poder Ejecutivo local.
Adicionalmente, el Pleno estableció que en la normativa impugnada se exceptúa a los
desarrolladores urbanos tipo condominio de donar áreas de cesión para destinos en
favor de los municipios y, en su lugar, sustituye dicha obligación para aportar
únicamente la construcción y entrega de infraestructura, sin ceder un porcentaje del
área de su terreno en favor el municipio.
En ese sentido, el Pleno concluyó que el legislador local no puede limitar las dotaciones de terreno en favor del ente municipal, exceptuando a ciertos desarrolladores de esa obligación prevista en la Ley General de Asentamientos Humanos, ni aún considerando los esquemas de concurrencia y coordinación entre los órdenes de gobierno.
En consecuencia, el Pleno declaró la invalidez de los siguientes preceptos:- Artículos 7, fracciones XIII, XXII y XXVIII; 12, fracción VI; 75, párrafo segundo, en su porción normativa: “o Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”; del 80 al 86 y 88; 95, párrafo último; 124, fracción I, en su porción normativa: “y, para el caso de proyectos de alto impacto, obtener previamente Constancia de Congruencia Urbanística Estatal expedida por la Secretaría en los términos de esta ley”; 155 fracción I, en su porción normativa: “y contar con Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”; 168 fracción II; 195, fracción I, en su porción normativa: “y de Congruencia Urbanística Estatal”; y 198, párrafo primero, en su porción normativa: “de la existencia de la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal, así como”, de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo; 5, fracción I, artículo 46, párrafos primero, en su porción normativa: “con excepción a conjuntos urbanos tipo condominio” y sexto, 60 en su porción normativa “con excepción de la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”, 65, párrafo último, en su porción normativa: “Las autorizaciones contrarias a las constancias de congruencia urbanística no podrán ser inscritas”; 66 de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado de Quintana Roo, expedida mediante el Decreto 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés.- Así como el artículo 24, párrafo último, en su porción normativa: “y los dictámenes de impacto territorial”, de la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo, expedida, reformada y adicionada, respectivamente, mediante el Decreto Número 001 publicado en el Periódico Oficial local el dos de octubre de dos mil veinticuatro. – Por extensión, los artículos 77, párrafo primero, fracción II, inciso b), en su porción normativa “En tal caso, será necesario contar además con la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal;” de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo; y 80, párrafo segundo, en su porción normativa “urbanístico,” de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado de Quintana Roo, expedidas, reformadas y adicionadas, respectivamente, mediante el Decreto
Número 093.
Finalmente, el Pleno estableció que la declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado de Quintana Roo y que la invalidez decretada se limita a la esfera jurídica del municipio actor.
Controversia constitucional 471/2023, promovida por el Municipio Solidaridad, Quintana Roo, demandando la invalidez de diversos artículos de las leyes que se reforman mediante el Decreto Número 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés. Resuelto en sesión de Pleno, el 8 de abril de 2025
Playa del Carmen
Refuerzan la seguridad en Playa del Carmen con entrega de equipo a la policía municipal

Playa del Carmen.- La gobernadora Mara Lezama Espinosa encabezó la ceremonia de entrega de 334 vehículos policiales y 1 helicóptero a la Secretaría de Seguridad Ciudadana municipal de Playa del Carmen por parte de la presidenta Estefanía Mercado.
La Gobernadora destacó que la entrega de estas unidades, con una inversión histórica municipal por más de mil 200 millones de pesos representa mucho más que inversión material, simboliza el compromiso inquebrantable con la paz y la tranquilidad de los playenses y quintanarroenses.
“Compartimos una visión clara: la seguridad es un derecho humano fundamental y una responsabilidad compartida. Reconozco el extraordinario trabajo de Estefanía Mercado, pues esta inversión refleja su determinación para fortalecer la seguridad en Playa del Carmen” expresó la titular del Ejecutivo.

Reiteró el compromiso de este gobierno humanista con corazón feminista por la construcción de la paz y la tranquilidad, siguiendo la estrategia nacional que impulsa la presidenta Claudia Sheinbaum, a través de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana que encabeza Omar García Harfuch.
Asimismo, puntualizó que para la construcción de paz no hay fórmulas mágicas ni soluciones instantáneas, por lo que con base en el Nuevo Acuerdo por el Bienestar y Desarrollo de Quintana Roo se trabaja todos los días en las mesas de seguridad con los tres órdenes de gobierno y la participación de la sociedad civil.
Mara Lezama hizo saber a la ciudadanía que en la tarea de construcción de paz no están solos ni están solas, tienen gobernadora y tienen presidenta municipal.
En esta ceremonia de entrega, en la que estuvieron representantes de las fuerzas armadas, la presidenta Estefanía Mercado destacó que marca un antes y un después de Playa del Carmen, en un municipio que está decidido a construir una paz verdadera.

Precisó que en la inversión histórica de mil 200 millones de pesos están las patrullas, el helicóptero, motocicletas, unidades de apoyo, vehículos especializados, equipamiento digno y un vehículo blindado táctico.
La presidenta municipal añadió que habrá capacitación permanente para los elementos, se crearán 100 nuevas plazas en este primer semestre, se pondrán en servicio 4 ambulancias al servicio gratuito de los ciudadanos.
Por su parte, el secretario de Seguridad Ciudadana Municipal, Raúl Tassinari, dio a conocer que se tiene la primera unidad de protección animal, y que este equipamiento dignificará el esfuerzo de las y los elementos policiales y representa un reconocimiento a su cercanía con la gente.


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