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Combate a evasión fiscal rinde frutos; ingresos rompieron récord

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CIUDAD DE MÉXICO, 3 DE FEBRERO DE 2020.- Las medidas de fiscalización que el gobierno federal implementó el año pasado, como el combate a las factureras, la vigilancia del out-sourcing y la lucha contra el huachicol, llevaron a que los ingresos por este concepto alcanzaran un monto récord.

80 pesos obtuvo el gobierno federal por cada peso que invirtió en fiscalización durante el año pasado

En 2019 se obtuvieron cerca de 233 mil 481 millones de pesos por las auditorías realizadas a los contribuyentes, la cifra más alta de la que se tenga registro, según datos de la Secretaría de Hacienda.

El gobierno obtuvo 80 pesos por cada peso que invirtió en fiscalización. En total, los ingresos por este concepto representaron 8% del total de la recaudación tributaria, sin considerar el IEPS de combustibles.

De acuerdo con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha hecho más eficientes sus labores de auditoría a través del uso de la tecnología, lo que ha permitido una recaudación récord por fiscalización.

El instituto también consideró que los cambios fiscales aprobados para este año contribuyen a mejorar aún más la fiscalización, sin embargo, el gremio destacó que estas medidas serán insuficientes mientras no se combata la informalidad.

RINDE FRUTOS MAYOR FISCALIZACIÓN DEL SAT

Las acciones de fiscalización implementadas por el gobierno federal el año pasado llevaron a que los ingresos por este concepto alcanzaran un monto récord.

8.0 por ciento de la recaudación (sin IEPS a gasolinas) representan los recursos por fiscalización

La Secretaría de Hacienda estima que en 2019 se obtuvieron cerca de 233 mil 481 millones de pesos por las auditorías realizadas a los contribuyentes, la cifra más alta de la que se tenga registro.

Así, la fiscalización, que el año pasado incluyó medidas como el combate a las factureras, la vigilancia del outsourcing y el combate al huachicol, ocasionó que la tasa de rentabilidad de las auditorías tuviera un nivel de 87.4, lo que significa que, por cada peso invertido en fiscalizar, el gobierno obtuvo ingresos por 87.4 pesos.

Con esto, los ingresos por fiscalización representaron 8% del total de la recaudación tributaria sin considerar el IEPS de combustibles, la proporción más alta que el gobierno haya alcanzado.

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos ha expresado que la recaudación récord por fiscalización obedece a que el Servicio de Administración Tributaria ha hecho más eficientes sus labores de auditoría a través del uso de la tecnología.

Con esto, comenta el gremio de contadores que el SAT ha reducido las visita de campo de los fiscalizadores a contribuyentes; ahora clasifica a estos últimos conforme a su nivel de riesgo de incumplimiento y sobre esa base es más “agresivo” con quien represente más riesgo y menos “agresivo” con quien represente menos riesgo, además de que ha puesto candados en las operaciones de los contribuyentes a través del uso de la factura digital.

CAMBIOS EN 2020

KPMG, en un reciente análisis, afirma que los cambios fiscales para este año buscan incrementar todavía la eficiencia recaudatoria

Entre ellos, se incluye la actualización del cobro del  Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado a nuevas actividades como las plataformas digitales.

También está que este año no serán deducibles los pagos realizados a partes relacionadas o a través de un acuerdo estructurado cuando los ingresos estén sujetos a regímenes fiscales preferentes, dejando de lado la posibilidad de deducir el pago si éste se efectuó a valores de mercado como se establece actualmente.

Asimismo, destacó que otra de las actualizaciones consiste en evitar que las empresas que facturan operaciones inexistentes se liquiden sin responsabilidad para los liquidadores, se adecuan los supuestos de responsabilidad solidaria para que los liquidadores lo sean por las contribuciones que debió pagar la sociedad en liquidación o quiebra durante su gestión.

Otro de los puntos que resalta KPMG es que se incluyó en el Código Fiscal de la Federación obligar a los asesores fiscales a presentar información a las autoridades fiscales respecto a operaciones en que estén involucrados en el diseño comercial, organización o implementación.

MÁS POR HACER

En un reciente análisis, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos expresó que los cambios fiscales aprobados para este año representan un avance para mejorar aún más la fiscalización que realiza el Servicio de Administración Tributaria, ya que siguen recomendaciones internacionales.

Sin embargo, el gremio consideró que los cambios fiscales son insuficientes, debido a que la fiscalización y auditorías a los contribuyentes no llegarán a todo el potencial recaudatoria mientras no se combata estructuralmente la informalidad.

El instituto recordó que de acuerdo al Inegi, cerca del 60% de la población ocupada labora dentro de la informalidad y representa 22.5% del PIB, lo que ilustra el potencial recaudatorio que existe en el país.

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Chetumal

QUINTANA ROO BAJO CIELO TRANQUILO: TEMPERATURAS MODERADAS Y BAJA PROBABILIDAD DE LLUVIA ESTE 12 DE NOVIEMBRE

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Este miércoles, el estado de Quintana Roo se prepara para una jornada mayormente estable en materia climática. El cielo se mantendrá parcialmente nublado en gran parte del territorio, con baja probabilidad de lluvias y temperaturas cálidas que, combinadas con la humedad, podrían elevar la sensación térmica en algunas zonas costeras.

Las condiciones serán favorables para actividades al aire libre, aunque se recomienda precaución ante posibles ráfagas de viento en zonas abiertas y mantenerse hidratado durante las horas de mayor radiación solar.

🌡️ Temperatura y sensación térmica por municipio:

  • Chetumal: 26 °C / sensación térmica 28 °C
  • Cancún: 27 °C / sensación térmica 29 °C
  • Playa del Carmen: 26 °C / sensación térmica 28 °C
  • Cozumel: 25 °C / sensación térmica 27 °C
  • Tulum: 26 °C / sensación térmica 28 °C
  • Felipe Carrillo Puerto: 25 °C / sensación térmica 27 °C
  • José María Morelos: 26 °C / sensación térmica 28 °C
  • Isla Mujeres: 26 °C / sensación térmica 28 °C
  • Lázaro Cárdenas: 27 °C / sensación térmica 29 °C
  • Bacalar: 26 °C / sensación térmica 28 °C
  • Puerto Morelos: 26 °C / sensación térmica 28 °C
  • Solidaridad: 26 °C / sensación térmica 28 °C
  • Othón P. Blanco: 26 °C / sensación térmica 28 °C
  • Benito Juárez: 27 °C / sensación térmica 29 °C

Quintana Roo vivirá un día de clima estable, ideal para el turismo y las actividades comunitarias. Aunque el calor será moderado, la humedad puede intensificar la sensación térmica, por lo que se recomienda vestir ropa ligera, usar protector solar y mantenerse bien hidratado. El ambiente será propicio para disfrutar del entorno natural sin mayores riesgos climáticos.

Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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EN LA OPINIÓN DE:

LA MORAL DEL NUEVO PODER JUDICIAL

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“Columna Invitada”
Por el Dip. y Lic.Hugo Alday Nieto

El pasado 31 de octubre el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, emitió una tesis aislada denominada “LAGUNAS NORMATIVAS Y AXIOLÓGICAS. SUS DIFERENCIAS Y MANERAS DE RESOLVERLAS”. En dicha tesis, el juzgador nuevamente revive el eterno debate entre Herbert Lionel Hart y Ronald Dworkin, donde el primero establece el reconocimiento de reglas que son socialmente aceptadas, digamos que se trata de la norma jurídica, y el segundo, nos lleva a los principios que son anclados en valores morales, y su eficacia para resolver casos difíciles. Un debate mucho más profundo, pero del que tomo esta ejemplificación para centrarme en la tesis de Tribunal Colegiado.
La tesis en comento trata de resolver lo que no se ha podido resolver en décadas, y adereza esta función jurisdiccional con términos impulsados por Manuel Atienza, catedrático de la Universidad de Alicante a sus alumnos becados por el Poder Judicial mexicano, como el de “lagunas axiológicas”, que, en realidad, si lo analizamos bien, es una mera falacia emanada de la formación moral del juzgador. Formación moral que puede incluso ser diferente entre un magistrado y otro, o entre un estado y otro, con lo cual es una determinación totalmente subjetiva con la que se pretende suplir a una norma aprobada por un órgano constitucionalmente creado como el Poder Legislativo.
La tesis expresamente dice que: “Existe una laguna normativa cuando un supuesto de hecho no está previsto por el legislador en la norma vigente, de manera que no puede ser resuelto con base en normas preexistentes del sistema jurídico. Por otra parte, se está ante una laguna axiológica cuando sí hay una norma aplicable a los hechos que componen el caso y, por tanto, no hay laguna normativa; sin embargo, el intérprete de la norma valora que la solución que ésta propone es inadecuada, por lo que debe descartarse. En otras palabras, es la propia persona juzgadora quien crea la laguna axiológica al considerar inadecuada la norma existente, desde el punto de vista de principios o valores del sistema jurídico. Para subsanar lagunas normativas puede acudirse a otras disposiciones del propio ordenamiento jurídico a través de la supletoriedad o la analogía, o bien auxiliarse de principios generales del derecho. En cambio para resolver lagunas axiológicas, debe descartarse la norma aplicable y, enseguida, construir la norma que conforme los principios y valores del sistema jurídico se estime óptima, para colmar la laguna que se produjo al descartar la existente”.
Una verdadera joya emanada del más absoluto iusmoralismo (principialista), dentro de un país que se dice de izquierda, pero que privilegia los valores morales a la Ley emanada de los cuerpos legislativos electos por el pueblo sabio y bueno. En resumen, el juzgador nos dice que una laguna normativa se da cuando la situación a resolver no se encuentra en la Ley expresamente definida, de manera que el caso no puede resolverse con base en la norma preexistente, para lo cual debe apoyarse en tras leyes del mismo sistema jurídico, a lo que se le llama analogía, o bien, utilizar otras normas que sirvan para explicar o reforzar esa Ley, a lo que se le llama supletoriedad, como sucede constantemente con el derecho procesal civil.
Pero para el juzgador la laguna axiológica surge cuando sí existe una norma aplicable a los hechos del caso concreto a resolver (es decir, no hay laguna normativa) pero el señor Juez, considera que la solución que se propone es inadecuada o injusta, es decir que el juez por sí mismo se coloca encima del Poder Legislativo y del proceso democrático plasmado en la Constitución para crear el derecho en México, puesto que es la propia persona juzgadora quien crea o determina la supuesta laguna axiológica al valorar negativamente la Ley existente, desde su propia perspectiva al interpretar principios o valores del sistema jurídico; léase, tratados internacionales de forma abstracta.
En este sentido, si bien es cierto que la reforma judicial en mucho fue determinada por el exceso de poder del Poder Judicial en esquemas de control constitucional, con el uso y abuso de acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales que detenían el proyecto del gobierno de López Obrador, hoy, con los criterios anclados en valores y principios muchas veces inexistentes en el derecho positivo mexicano, en el derecho escrito, los jueves electos podrán desdeñar toda norma emanada de los poderes legislativos, si no se ajusta a su criterio moral, lo que puede servir para corromper aún más, el proceso de administración de justicia de este país con tesis aisladas como estas que son prácticamente salvoconductos para inventar la Ley cando no le acomode a su señoría.
Este tema ya es materia de análisis en diversas instituciones educativas de posgrado en derecho, principalmente en el extranjero, donde con asombro nos observan dada la paradoja que se crea entre el discurso de izquierda y las decisiones judiciales iusmoralistas de derecha, mientras la vida sigue, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.

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