EN LA OPINIÓN DE:
PARA QUÉ MODERNIZAR EL PROCESO LEGISLATIVO?
“EN LA OPINIÓN DE”
Dr. Hugo Alday Nieto
Entre 2018 y 2026, diversos medios de control constitucional han puesto en evidencia un patrón sistemático de deficiencias legislativas en el Congreso del Estado de Quintana Roo. Los expedientes más relevantes —todos comprobables y públicos— muestran que las leyes locales han sido invalidadas por falta de técnica legislativa, ausencia de motivación, violaciones al procedimiento y desconocimiento de competencias constitucionales.
Estos vicios, de los que ya he escrito con anterioridad, son precisamente los que la legisprudencia como propuesta para lograr un proceso más técnico en la elaboración de normas impulsado por autores como Xanthaki, Waldron y Atienza, y como parte de las teorías de la argumentación jurídica impulsadas muchas veces por García Amado, buscan prevenir principalmente desde el iuspositivismo.
En este sentido, desde un análisis meramente jurídico y como parte de una investigación académica para formalizar desde la doctrina una iniciativa que limite todas las vulneraciones que interrumpen el proceso constitucional de creación de leyes locales y que, desde diversos factores, fractura la división de poderes al acotar la autonomía del legislador quintanarroense como una práctica arraigada desde el nacimiento del Estado en el seno del priísmo más centralista, me ha llamado la atención una constante de los juicios de control constitucional que han anulado total o parcialmente las normas emitidas por las legislaturas de esta entidad.
En la tabla que se agrega a continuación, se desprenden algunas resoluciones únicamente de acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en fechas recientes, sin considerar en este artículo controversias constitucionales, juicios de amparo o acciones de inconstitucionalidad promovidos por otras partes.
Expediente
Promovente
Norma o acto impugnado
Resultado
AI 105/2022
CNDH
Artículos 134, párrafos primero y segundo, de la Ley de Víctimas del Estado de Quintana Roo y 1, 3, fracción X, 4, fracciones X, XI y XII, 5, fracción XIV, 22, párrafo segundo, 46 Bis, 46 Ter, 46 Quater y 46 Quinquies de la Ley del Instituto de Defensoría Pública del Estado de Quintana Roo
Invalidez parcial
AI 19/2024
CNDH
Se declara la invalidez de los artículos 86, fracción III, de la Ley de Hacienda del Municipio de Felipe Carrillo Puerto y 143 QUATER, párrafos primero y segundo, de la Ley de Hacienda del Municipio de Tulum
Invalidez de artículos
AI 29/2025
CNDH
Se declara la invalidez de los artículos 11, fracción XXXIII, 17, inciso A), fracción XXX, 23, fracción XIII, en su porción normativa “intervención de comunicaciones privadas, localización geográfica en tiempo real”, 43, 44 y 45 de la Ley Orgánica de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Quintana Roo
Invalidez de artículos y sus extensiones
AI 25/2019
CNDH
Se declara la invalidez del artículo 136, fracción IV, de la Ley de Hacienda del Municipio de Othón P. Blanco del Estado de Quintana Roo
Invalidez parcial
AI 38/2025
CNDH
Se declara la invalidez del artículo 7, párrafo segundo, fracción I, de la Ley Orgánica de la Universidad Judicial del Poder Judicial del Estado de Quintana Roo
Invalidez y de extensión normativa
AI 135/2022
CNDH
Se declara la invalidez de los artículos 13, 14, 15, párrafo primero, en su porción normativa ‘Los resultados de la consulta indígena serán vinculantes para las partes’, y 20, párrafos segundo y tercero, de la Ley de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas del Estado de Quintana Roo
Invalidez parcial
AI 20/2023
CNDH
Se declara la invalidez de los artículos 74, fracción V, inciso n), y 138 de la referida Ley de Hacienda del Municipio de Tulum del Estado de Quintana Roo
Invalidez
AI 175/2020
CNDH
Se declara la invalidez del artículo 14, fracción II, párrafo segundo, de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Quintana Roo
Invalidez
AI 40/2025
CNDH
Se declara la invalidez del artículo 115 de la Ley de Hacienda del Municipio de Isla Mujeres del Estado de Quintana Roo
Invalidez
AI 83/2019
CNDH
Se declara la invalidez de los artículos 28, fracción X, y 154, fracción I, de la Ley del Notariado para el Estado de Quintana Roo
Invalidez
AI 119/2019
CNDH
Se declara la invalidez del artículo 204-Bis del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Invalidez
AI 80/2021
CNDH
Se declara la invalidez del artículo 130 Ter, párrafo último, en su porción normativa “En caso de reincidencia, la inhabilitación será definitiva”, del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Invalidez
AI 60/2022
CNDH
Se declara la invalidez del Decreto 216 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Estado de Quintana Roo
Invalidez
AI 111/2023
CNDH
Se declara la invalidez del artículo 151, párrafo segundo, fracción IX, de la Ley de Movilidad para el Estado de Quintana Roo
Invalidez
AI 19/2023
CNDH
Se declara la invalidez del artículo 83, fracción IV, inciso n), de la Ley de Hacienda del Municipio de Bacalar del Estado de Quintana Roo
Invalidez parcial
Los expedientes analizados muestran un patrón inequívoco: el Congreso de Quintana Roo requiere controles internos además de establecer un orden por iniciativas presentadas en una lista de prelación, estableciendo la obligatoriedad de emisión de dictámenes por parte de las comisiones, así como de fundar y motivar desechamientos de las mismas. Aunado a que no existe responsabilidad para áreas administrativas encargadas de llevar el consecutivo de iniciativas presentadas para turnar. Sin dejar de observar la insuficiente técnica jurídica y el exceso de teoría política que omite el uso de técnicas de argumentación jurídica (Fronética). Sin el planteamiento de parlamentos abiertos (aunque sea virtuales) con colegios de profesionistas, cámaras empresariales y operadores de las normas. Un Congreso en el que, no se da la discusión o debate de los proyectos por su inmediatez.
En tal virtud, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los tribunales federales han tenido que corregir, una y otra vez, errores que las teorías de la legisprudencia moderna considera básicos, y que pueden corregirse con una reforma que actualice la forma de legislar que ha sido heredada de priísmo centralizado.
En este sentido, los elementos básicos más comunes, si seguimos las sentencias que se derivan de las teorías de legisprudencia, son los siguientes:
a) Falta de claridad en el texto;
b) Fata de coherencia en la norma;
c) No se acredita la necesidad de la misma;
d) No se acredita la eficacia de la reforma;
e) No se expresa justificación que beneficie a la colectividad, y
f) No se respeta el procedimiento preexistente.
Es decir, en términos de Alexy, los errores más evidentes de las nomas impugnadas de las últimas legislaturas serían por carecer de validez formal, material y argumentativa. En términos de Atienza, por una ausencia de racionalidad práctica. Para Helen Xanthaki, todas ellas carecen de calidad legislativa por no emanar de parlamentos abiertos y no considerar el marco jurídico superior como techo o barda de contención.
Este conjunto de expedientes constituye evidencia empírica sólida para afirmar que las deficiencias que exhiben los juicios de control constitucional del Congreso de Quintana Roo, con voluntad política y técnica, pueden corregirse a través de reformas estructurales que establezcan un proceso legislativo responsable y formal, menos político y más jurídico, porque de no ser así, seguirán las acciones de inconstitucionalidad, tal y como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.
EN LA OPINIÓN DE:
Egolatría y Madres Buscadoras en Quintana Roo
“Caminos del Mayab”
Por Martín G. Iglesias
La mayoría de los programas gubernamentales tienen una narrativa que manifiesta las buenas intenciones de los gobiernos, las dependencias, instituciones u organismos descentralizados, para beneficio de la comunidad a la que sirven, sin embargo y a pesar de la asignación de los recursos públicos, no logran sus objetivos; razones, hay muchas.
Un ejemplo palpable es el que viven las “madres buscadoras” con la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Quintana Roo, que, mientras la promoción de imagen y obras gubernamentales recibe un presupuesto anual de 169 millones 894 mil 239.00 pesos, a la Comisión solo se le asignó un presupuesto 22 millones 128 mil 082.42 pesos, es decir, solo un 13.024% a una dependencia que trabaja con la sensibilidad social.
Ese presupuesto anual para la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Quintana Roo, es destinado para el desarrollo de programas de acciones de búsqueda y localización de Personas Desaparecidas, el cual se desarrolló con dos indicadores estratégicos y uno de gestión para el logro de los objetivos, asignando para tal efecto un presupuesto de 18 millones 150 mil 208.42 pesos. El otro programa presupuestario fue gestión y apoyo Institucional Transversal, el cual se desarrollado en dos indicadores estratégicos y dos de gestión para el logro de los objetivos, asignando para tal efecto un presupuesto de 3 millones 977 mil 874.00 pesos.
Aunque el presupuesto es público, las Madres Buscadoras y otras organizaciones dedicadas a la localización de personas desaparecidas, no recibieron ni una botella de agua para caminar kilómetros y kilómetros, para tratar de dar con su familiar desaparecido o algún indicio que despeje toda duda sobre la situación de su consanguíneo.
En variadas ocasiones, las Madres buscadoras de Quintana Roo se han quejado de que, ante las solicitudes de ir a un lugar a buscar indicios de desaparecidos, las Fiscalías y las Comisiones de Búsqueda actúan con lentitud, negligencia y, en ocasiones, muestran empatía nula o criminalizan a las víctimas. Les dan puras largas, ellas tienen que pagar su gasolina, sus alimentos, no solo para sus compañeras, sino también en ocasiones para los policías que las acompañan.
Denuncian que los apoyos económicos otorgados por el gobierno son mínimos, lo que las obliga a realizar rifas o pedir dinero en las calles para financiar sus traslados y herramientas de búsqueda; es más, el fin de semana las del colectivo de Benito Juárez (Cancún), pusieron un puesto de ventas de antojitos para poder recabar fondos para sus actividades.
A diferencia de los medios de comunicación “consentidos(as)” por los gobiernos en turno, el dolor de las Madres buscadoras es permanente, desde el momento en el que su familiar desaparece, la burocracia de las dependencias en sus primeros contactos con las autoridades. Inevitablemente, sufren revictimización, discriminación, criminalización y un sinfín de violencias por parte de las instituciones estatales.
Aunque el dolor provocado por estas violencias es invisible ante los ojos que no atraviesan el mismo camino, lo que estorba es la falta de voluntad para resolver los casos; aplicarse a la búsqueda de las personas desaparecidas, sumado al silencio cómplice de muchas autoridades que sí saben en dónde acabó la persona.
Las mujeres enfocadas en la búsqueda, enfrentan violencias y afectaciones relacionadas con la búsqueda de su ser querido desaparecido. Las afectaciones se dan en cuatro categorías: seguridad, que tiene que ver con ataques, amenazas, secuestro y extorsión; salud, como insomnio, depresión, adicciones o deterioro general; económicas, como pérdida de trabajo o pérdida de recursos por dedicarse “en cuerpo y alma” a la labor de búsqueda y; sociales, como deterioro de relaciones familiares o revictimización; pero lo que más daña es la indiferencia.
Ayer me dijo una de las madres buscadoras: lo único que le deseo a las autoridades, es que nunca estén en nuestro lugar, porque sólo así va a entender la magnitud de nuestro problema. Ahí se las dejo…
SASCAB
Por cierto, un “Día Naranja” más. Actualmente este movimiento es para visibilizar la violencia que sufren las mujeres alrededor del planeta se celebra no solo cada 25 de noviembre, sino cada 25 de mes.
Este día forma parte de una gran campaña nombrada Campaña Naranja Únete, puesta en marcha en 2008 por el Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas y que tiene el objetivo de generar consciencia para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres y niñas.
Pero en Quintana Roo, la violencia contra las mujeres va en aumento. Al tiempo…


EN LA OPINIÓN DE:
Aún funcionan “los prestanombres”
“Caminos del Mayab”
Por Martín G. Iglesias
El próximo domingo 31 de mayo, vence el plazo para que todos los funcionarios públicos de confianza, presenten su declaración de situación patrimonial y de intereses; donde los sujetos obligados deben tener a la mano su CURP, RFC, acta de matrimonio, comprobante de domicilio, currículo vitae, recibo de nómina o declaración fiscal, escrituras públicas, facturas de vehículos, contratos y estado de cuentas, comprobante de otros ingresos, actas constitutivas de asociaciones y/o cualquier otro documento para comprobar su declaración.
Hay que hacer mención que existen tres tipos de declaraciones: declaración inicial, debiendo presentarse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del ingreso al servicio público por primera vez o del reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo; declaración de modificación patrimonial, la cual debe presentarse durante el mes de mayo de cada año y; declaración de conclusión del encargo, misma que debe presentarse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión.
Pero más allá de cumplir con la ley, hay funcionarios públicos que evaden la ley, no solo por mentir en sus declaraciones patrimoniales, sino porque para hacerse de propiedades y cuentas bancarias, utilizan a los llamados “prestanombres”, que hace algunas administraciones eran amigos y familias íntimas, pero dadas las condiciones de que en varios casos se quedaban con las propiedades, “la nueva generación de políticos” opta por familiares cercanos.
No es extraño para los quintanarroenses, ver cómo presidentes(as) municipales, diputados(as), secretarios(as) de Estado y hasta directores del Municipio, ya cambiaron su estilo de vida, de cuando andaban en campaña que no tenían ni para la gasolina; hoy, después de unos meses y años de estar en el cargo, ahora tienen vehículos de último modelo, viajan por el mundo, utilizan relojes con precios superiores a los 100 mil pesos; presumen en redes sociales sus bienes muebles e inmuebles, sin dejar pasar las megafiestas que realizan por motivos de cumpleaños. Como dice el populacho, “hay dos cosas que no se pueden ocultar, el dinero y el embarazo”.
Hay secreto a voces en los municipios; “los nuevos ricos”, funcionarios que de la noche a la mañana levantan mausoleos que a un empleado de salario mínimo le costaría años tener al menos “una casita.
Espero que la Controlaría del Estado (Secretaría de Buen Gobierno) aplique la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que establece en su artículo 33 que si no se presenta la declaración patrimonial en cualquiera de sus tres modalidades (inicio/modificación/conclusión), en los plazos correspondientes sin causa justificada, inicie inmediatamente la investigación por presunta responsabilidad por la comisión de la Falta administrativa prevista en el artículo 49 fracción IV de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y se requiera por escrito al servidor público el cumplimiento de dicha obligación.
Pero más allá del cumplimiento, sería muy bueno que se investigara a toda la parentela sobre el enriquecimiento de los últimos años, curiosamente cuando su familiar asumió el cargo de presidente(a) municipal, diputado(a) o secretario de estado. Ahí se las dejo…
SASCAB
Por cierto, Quintana Roo enfrenta uno de los grandes problemas medioambientales con la arribazón de más de 40 mil toneladas de sargazo que arriban a sus costas; donde el esfuerzo de los tres órdenes de gobierno parece que no surten efectos.
Desde Puerto Morelos hasta la Riviera Maya, la Secretaría de Marina (Semar) realiza actividades de limpieza del alga en las playas, así como la recolección en el mar, dado que el recale de la macroalga se ha intensificado notablemente en las últimas semanas. Según las cifras actualizadas de la Semar, se recolectaron 11 mil toneladas más en apenas 15 días. Eso ha obligado a redoblar los esfuerzos de limpieza en las costas del Caribe mexicano.
Viene el Verano, la temporada alta para Quintana Roo, por ello tanto los gobiernos como la Iniciativa Privada deben de priorizar la limpieza, como en Isla Mujeres, Benito Juárez (Cancún), Puerto Morelos, Cozumel, Playa del Carmen, Tulum y la comunidad de Mahahual, en Othón P. Blanco. Al tiempo…

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