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Deficiencias del sistema público de salud obliga al crecimiento desmesurado de consultorios en farmacias

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CDMX.- Ante el crecimiento de consultorios médicos en farmacias (CAF) de todo el país, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) señaló que es necesario crear un régimen que supervise y controle la expansión de este subsistema privado.

“Dada su prevalencia, es necesario crear un régimen que supervise y controle la expansión de este subsistema privado, particularmente por su rápido crecimiento en el sector, y su amplia accesibilidad geográfica y burocrática, pues tampoco requieren de afiliación médica”, considera el consejo.

En el reporte Estudio sobre el derecho a la salud 2023: un análisis cualitativo agrega que aun cuando los CAF acercan los servicios de salud a la población por su amplia presencia y disponibilidad de infraestructura para la atención de primer nivel, implican un gasto para las personas y no hay certeza de su calidad.

Destaca que en años recientes, los consultorios adyacentes a farmacias (CAF) experimentaron un auge en el rubro de los servicios de primer contacto para la población mexicana, incluidas las personas con acceso a los servicios de seguridad social.

Señala que en 2021 esos consultorios dieron servicio a 11% de derechohabientes del IMSS; 11% del ISSSTE; 11% de otros servicios de salud públicos; 29% de personas con seguro médico privado y 24% de personas sin derechohabiencia a instituciones de seguridad social.

Expone que ante el desconocimiento sobre el derecho a la salud, la población sin seguridad social ha incrementado su asistencia a los CAF, utilizando parte del ingreso del hogar para la atención médica.

Precisa que las farmacias que operan con un consultorio médico crecieron 35% en 2021 respecto a 2016, al pasar de 5 mil 324 a 7 mil 189. En 2021, alrededor de 11.5% de las farmacias en México contó con un consultorio médico adyacente.

“Existen casos en los que las personas usuarias han sido rechazadas de las unidades médicas por la alta demanda de atención, por lo que tienen que recurrir a los servicios privados”, cita el documento.

Sostiene que estos obstáculos incentivan la preferencia de las personas usuarias por los servicios de salud que ofrecen los CAF.

“Las personas que acuden a estos establecimientos pueden obtener atención básica más rápida, con tiempos de espera de 15 minutos, sin necesidad de hacer cita y con un trato amable por parte del personal médico”, afirma.

Menciona que “si bien los CAF surgen como una alternativa para acercar los servicios de primer nivel a la población en ciertas regiones, habría que enfatizar que el impacto en la economía del hogar se incrementa si consideramos que operan bajo una lógica de mercado.

“Lo anterior implica la existencia de incentivos para recetar medicamentos, aun cuando las personas que son atendidas podrían no requerirlos, debido a que quien los suscribe y vende pertenece al mismo grupo de negocio”.

En 2023 se estima que existen unos 18 mil consultorios adyacentes a farmacias en todo el país, que brindan atención a más de 10 millones de personas mensualmente, de acuerdo con la Asociación Nacional de Farmacias de México.

Crecimiento por deficiencias del sector

Médico de profesión y actual diputado federal por el Partido Acción Nacional, Éctor Jaime Ramìrez Barba, asegura que la expansión de esos consultorios tiene que ver con las deficiencias que enfrentan los servicios públicos de salud.

“Efectivamente, hay un mayor número de consultorios, pero ¿será realmente porque la gente no conoce cuál es el derecho a la protección de la salud?, ¿será por eso que 20 millones de mexicanos que antes no tenían acceso a los servicios de salud hayan pasado a 50 millones, por falta de ese conocimiento o fue por la falta de ese servicio?”, se pregunta.

El legislador guanajuatense argumenta que el crecimiento de esos consultorios son la respuesta a un gobierno y a un servicio público inexistente para fines prácticos.

“Nos estamos encontrando con una gran proliferación del servicio privado ante la franca ausencia del sector público.

“Es decir, en plena pandemia lo que hizo este gobierno fue precisamente privatizar el sector de la salud al no otorgar el servicio y ante la falta de medicamentos”, menciona.

El médico se refiere a la recomendación que hace el Coneval en torno a regular a las CAF, y comenta que los consultorios adyacentes a farmacias ya están regulados por la ley.

“Para que alguien tenga un consultorio así tiene que cumplir con los requisitos que marca el Reglamento de Servicios de Atención Médica; debe tener ciertas medidas; quien presta el servicio debe ser un profesional de la salud, además de que el establecimiento debe contar con ciertas características de medidas, de higiene y se cumplen. Entonces, ¿para qué regular?”, agrega.

Xavier Tello, médico cirujano, analista en políticas de salud y autor del libro La tragedia del desabasto, expone que “todo mundo se ha escandalizado por la proliferación de estos consultorios y piden regularlos, pero hay una realidad que no pueden modificar: la mayoría de los CAF tienen un aviso de funcionamiento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, por lo que son consultorios completamente legales”.

Expone además que todos los médicos que trabajan en esos negocios tienen una cédula profesional, por lo que “son tan médicos como cualquier otro”.

Dice que los derechohabientes, en su mayoría, están desertando para irse a la medicina privada, “no es que desconozcan que tienen acceso a una institución de salud pública, sino que estos consultorios están respondiendo a una necesidad y a una conveniencia de los pacientes, porque el sistema de salud público que tenemos ya es anacrónico y arcaico”.

Acorde con Tello, los CAF seguirán proliferando en el país; señala que en Estados Unidos este tipo de locales representan el primer proveedor de salud de primer contacto.

“Los consultorios están porque la gente los necesita. El que tú tengas que ir a una clínica ya no funciona en la tercera década del siglo XXI. El modelo ideal es el de Dinamarca o el de Francia, donde tú vas al médico que se te da la gana y ese doctor le cobra tu consulta al gobierno. No te obligan a ir a una clínica y lo mismo sucede con los medicamentos, que se pueden adquirir en cualquier farmacia”, refiere.

Fuente: El Universal.

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Ordena tribunal federal suspender publicación de la reforma judicial

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CDMX.-Un tribunal federal ordenó suspender la publicación de la reforma judicial, aprobada por el Congreso de la Unión y diversos congresos locales, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que es el último paso antes de hacerla oficial.

Un Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito, con residencia en Colima, ordenó suspender la publicación del decreto luego de que la organización Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C. interpuso una queja por el incumplimiento de una suspensión anterior cometida por parte de diversas autoridades.

De esta forma las y los magistrados del tribunal federal aceptaron el recurso de queja y concedieron esta suspensión provisional para que la reforma no sea publicada en el DOF.

“En caso de que el procedimiento de reforma constitucional impugnado se apruebe por las autoridades responsables, el decreto respectivo no se publique en el Diario Oficial de la Federación”, señala la sentencia.

La suspensión se da a conocer después de que el presidente Andrés Manuel López Obrador informó que publicará la reforma judicial en el DOF el 15 de septiembre, luego de que más de 17 Congresos Estatales la aprobaran en sus respectivos estados.

Morena minimiza amparo; aseguran que reforma judicial será promulgada el 15 de septiembre
La senadora Ernestina Godoy, presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado de la República y próxima consejera jurídica de la presidencia de Claudia Sheinbaum, minimizó la suspensión otorgada por un tribunal federal en contra de la publicación del decreto de reforma al Poder Judicial.

Minutos antes de que el Senado de la República sesionara para realizar el conteo de las 23 Legislaturas locales que avalaron la reforma judicial, Ernestina Godoy declaró que es improcedente la suspensión otorgada por un tribunal colegiado del Trigésimo Segundo Circuito, con sede en Colima.

“Son improcedentes, un poder no puede hacer eso con otro poder”, dijo al preguntarle si este amparo puede impedir que el Congreso concluya el proceso de reforma constitucional o que el presidente Andrés Manuel López Obrador firme el decreto, como tiene programado hacerlo el próximo 15 de septiembre.

“Están en contra de dejar los privilegios, dejar la opacidad, dejar todo el tema de que no responden a la gente, de que no hay quien los vigile como a todos los funcionarios públicos. Tienen que entender que ya se aprobó la reforma”, dijo Godoy en breve entrevista antes de inicia la sesión.

El abogado Luis Eliud Tapia explicó que, de acuerdo con el documento de esta resolución, no se trata de una reacción al anuncio del presidente de publicar la reforma judicial el 15 de septiembre en el DOF.

“Es interesante ver en qué fecha lo solicitan, o sea, hay que ponerlo en perspectiva, porque no es que se acaba de hacer ahorita por el proceso, sino que esto ya lleva al menos desde el 5 de septiembre”, mencionó Tapia.

La reforma judicial fue aprobada en el Senado desde las tres y media de la mañana del 11 de septiembre, después de desechar las reservas por Morena y sus aliados, sin modificaciones, con 86 a favor y 41 en contra, y, por ser constitucional, fue enviada a los congresos locales para lograr su aprobación en al menos 17.

Especialistas consultados coincidieron en que la reforma judicial podría publicarse en el DOF este 15 de septiembre y continuar en ejecución de manera ordinaria.

“Desde mi punto de vista no existe fundamento jurídico para que una autoridad judicial impida al presidente la publicación del decreto de reforma. Considero que se trata de una decisión judicial precipitada, carente de base constitucional o legal”, aseguró Diego Valadés, investigador emérito del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y del Sistema Nacional de Investigadores (SNI).

El proceso legislativo marca que debe hacerse la declaratoria de Reforma Constitucional, conforme al artículo 135 de la Constitución. Al cumplir esa etapa, la reforma se envía al Poder Ejecutivo para que ordene su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entre en vigor.

“La publicación en el DOF no es en sí mismo un acto de autoridad sino que obedece al último de los pasos del procedimiento legislativo. Primero habrá que demostrar que ese proceso fue violado para después poder echarlo para atrás”, afirmó Mariana Tamés Espadas, coordinadora jurídica de Strategia Electoral.

Tapia concuerda en que, normalmente, se interpone un mecanismo de impugnación cuando hay un proceso de reforma ya terminado. Es decir, cuando ya esté publicada en el DOF, pero en este caso Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C. busca evitar precisamente eso.

“Regularmente uno presenta recursos contra procesos concluidos, no contra un proceso que está en curso y ese es otro problema porque no es un proceso concluido. Aquí quieren hacer una cosa extraordinaria porque hay una reforma extraordinaria”, comentó el abogado.

Tanto Tapia como Tamés sostuvieron que, a pesar de que no impida la publicación de la reforma judicial el 15 de septiembre en el DOF, esta suspensión podría ser un argumento contra el proceso legislativo que la oposición pretende impugnar.

“En su momento podría ser agregado al caudal probatorio que se presente para demostrar los vicios en que se incurrió durante el proceso legislativo de reforma pero, para efectos prácticos y jurídicos, seguramente será improcedente. Se otorgaron otras suspensiones similares durante la discusión y ninguna fue tomada en consideración”, refirió Tamés.

Prohíben enviar iniciativa a los congresos de los estados
Desde el pasado 5 de septiembre se dio a conocer que un juez federal concedió una cuarta suspensión provisional contra la reforma judicial por la que ordenó al Congreso de la Unión no votar y aprobar la iniciativa de reforma del presidente Andrés Manuel López Obrador.

El juez Francisco Javier García Contreras, titular del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Colima, fue quien concedió esta suspensión definitiva, luego de que la Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos promoviera una demanda de amparo contra la iniciativa de reforma presidencial.

En su demanda la asociación civil señaló que de aprobarse la reforma judicial se llevaría a cabo una transgresión a la Constitución y las normas internacionales en materia de impartición de justicia (autonomía e independencia judicial).

Por este motivo, el juez concedió la suspensión provisional para el efecto de que el Congreso de la Unión no vote ni apruebe la iniciativa de reforma al Poder Judicial ni lo envíe a los Congresos locales.

+Originalmente el juez había fijado para este jueves 12 de septiembre la audiencia en la que definirá si suspende de forma definitiva la discusión y aprobación de la reforma judicial, sumando así ya cuatro suspensiones definitivas contra la reforma judicial.

Sin embargo, debido a que algunas de las autoridades responsables no han respondido a la demanda determinó diferir la audiencia para el próximo viernes 11 de octubre.

Las otras suspensiones contra la reforma judicial
La primera suspensión contra la reforma judicial fue concedida desde el pasado sábado 31 de agosto por la jueza Martha Magaña López que dio la primera suspensión de oficio (provisional) contra la reforma judicial -que ya otorgó la suspensión definitiva-, mismo día en el que se dio a conocer sobre una segunda suspensión concedida por juez Felipe Consuelo Soto, del juzgado Tercero de Distrito de Amparos y Juicios Federales en el estado de Chiapas.

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Narcoguerra deja a Sinaloa sin fiestas patrias

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Sinaloa.-La celebración de las fiestas patrias es un evento profundamente enraizado en la cultura mexicana, una ocasión para conmemorar la lucha por la independencia y mostrar el orgullo nacional.

No obstante, en Sinaloa, la violencia y el aumento de la actividad delictiva han llevado a la cancelación de la tradicional celebración del 15 de septiembre, lo cual refleja la preocupante situación de inseguridad en el estado.

La situación de violencia, que se asemeja a un conflicto interno, ha dejado una huella profunda en el país. Este viernes 13 de septiembre, la ciudad de Culiacán, capital de Sinaloa, amaneció sin clases tras una nueva jornada de violencia, en la que ciudadanos reportaron tiroteos, vehículos con personas armadas circulando por las calles y la quema de automóviles.

El gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, anunció la suspensión de todos los festejos del 15 y 16 de septiembre, incluido el tradicional Grito de Independencia y el desfile. “Hemos decidido que no habrá celebraciones públicas ni privadas el 15 de septiembre. Este año, el grito de independencia se realizará de manera protocolaria en el Palacio de Gobierno, únicamente con la presencia de la escolta, la banda de guerra y mi gabinete, sin invitados”, declaró el gobernador.

Esta suspensión es una clara muestra de cómo la violencia afecta la vida cotidiana de la población. La cancelación de las festividades ha generado entre los ciudadanos un sentimiento de desprotección y miedo, al ver cómo los espacios públicos se tornan cada vez menos seguros.

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