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SCJN da revés a Quintana Roo

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Por Juan Manuel Herrera

El estado de Quintana Roo registró un fuerte revés con el dictamen de la segunda sala Suprema de la Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que falló a favor de Yucatán en la controversia constitucional impuesta por ese estado en su contra, y que fijó constitucionalmente el punto PUT, y en consecuencia los límites, en lo que considera su territorio.

Sin embargo, el gobierno yucateco tuvo poco que celebrar, pues este jueves 12 de marzo ante la pandemia del coronavirus, el titular federal de la Secretaría de Turismo (Sectur), Miguel Torruco Marqués, anunció que el Tianguis Turístico de Mérida, a realizarse el próximo 22 de marzo, para el 19 septiembre ante la alerta sanitaria mundial del Covid-19.

Esto constituye un duro golpe a los prestadores de servicio de la región, pues Yucatán desplegó una agresiva campaña promocional, y Campeche apostaba a atraer mayor turismo con una participación extraordinaria a fin de promover y colocar entre los tours operadores los principales atractivos del otrora tesoro escondido de México,

Tal vez por ello el panista Mauricio Vila Dosal se limitó a un escueto mensaje en su cuenta de Facebook: “Me da mucho gusto informarles que la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó esta tarde la reclamación que interpuso Quintana Roo sobre los límites del territorio de Yucatán. Los yucatecos logramos defender nuestro territorio gracias al trabajo coordinado de todos los Poderes de gobierno”.

De forma unánime la SCJN desechó el Recurso de Reclamación 165/2019, promovido por Quintana Roo, al que calificó de infundado e inoperante. Había sido ingresado por los tres poderes del Estado, como contestación a la Controversia Constitucional 226/2019, interpuesta por Yucatán, en inconformidad por los límites territoriales señalados en la Constitución quintanarroense. 

Ambos estados, al igual que Campeche, marcan lugares distintos para el Punto de Unión Territorial (PUT). La     Constitución de Quintana Roo históricamente siempre ha marcado el mismo lugar; sin embargo, la Legislatura anterior del Congreso del Estado cambió la descripción del lugar, para fijarla más precisa, con base en una nueva labor de geolocalización. Y aunque el lugar era el mismo que figuraba en el documento antes, Yucatán se inconformó, y según autoridades de ese estado, su recurso había sido admitido por la SCJN, no así el de Quintana Roo. Esto significa que deben suspenderse los actos impugnados; lo que infiere que Quintana Roo no debiera tratar ese terreno como propio.

Saetillas…La resolución de la Corte era esperada, pues en el 2013 se sentó jurisprudencia al otorgarle a Campeche la razón legal e histórica sobre sus límites territoriales. En el nuevo diferendo territorial, la entidad se sumó a la queja, como tercero interesado, por lo que el gobernador Carlos Miguel Aysa González advirtió, y de manera reiterada lo recordaba el secretario General de Gobierno, Pedro Armentía López, que no se cedería ni un centímetro del territorio… Sobre el fallo desfavorable a Quintana Roo, la Consejera Jurídica del Poder Ejecutivo, Olivia del Carmen Rosado Brito aclaró que el expediente principal sigue su curso “sin que hasta el momento se haya emitido un fallo que resultase favorable para cualquiera de las entidades federativas involucradas”… Recordó que la controversia la inició Yucatán en contra de Quintana Roo, mientras que Campeche fue llamado como tercero interesado… La Segunda Sala de la SCJN ratificó la admisión de la demanda que promovió el estado de Yucatán en contra del Decreto 303 emitido por el Congreso quintanarroense, lo cual no significa que la autoridad haya arrojado una resolución definitiva… “La Suprema Corte de Justicia resolvió un recurso de reclamación que estaba pendiente, y que interpuso el estado de Quintana Roo en contra del auto que admitió la demanda promovida por Yucatán”…Las autoridades campechanas ven con agrado que la Corte ratificara la admisión de esa demanda, y que en el caso de Campeche se continúa con la preparación de pruebas periciales que se desahogarán en su oportunidad…Campeche ha contestado todos los requerimientos con oportunidad, y se ofrecieron pruebas documentales preliminares, que llevan a la conclusión que a los estados de Yucatán y Campeche les asisten las razones jurídicas e históricas… Por cierto el prestigiado jurista Álvaro Arceo Corcuera externó hace unos días que el alcalde de Calakmul “por tonto o traidor podría ser juzgado al permitir, y estar en eventos con funcionarios de Quintana Roo en la zona en disputa”. Y es que al parecer el edil tiene su corazón e intereses en el vecino estado en que aparece con una plaza de educación, y dicen por ahí que el que paga, manda…En los próximos días llegará a Campeche un delegado especial del CEN de la CNC, pues el líder del sector, Ismael Hernández Deras, tiene la encomienda de darle salida al ex edil tenabeño nombrado como delegado en funciones de dirigente, Wilbert Ariel Ruiz Poot, que concluye sin pena ni gloria el periodo de Pablo Guillermo Ángulo Briceño, quien la dirigió por algunos meses antes de ser nombrado líder nacional de la Red de Jóvenes por México. Los cabildeos en la sede nacional cenecista estar al rojo vivo, pero se perfilan como fórmula el ex alcalde champotonero José Luis Arjona Rosado y la ex agente municipal de Imí, Mariela del Carmen Conic Cu. Hay amarres en las más altas esferas, y a diferencia del cambio de la Fundación Colosio, que se dio vía un Twitter, habrá Consejo y toda la parafernalia a la que está acostumbrado la Liga de Comunidades Agrarias y Sindicaros Campesinos del Estado de  Campeche cuando se llega con la venia del centro…De pronósticos reservados el desencuentro que se tiene en el Infonavit Campeche, en que su encargado Rafael Felipe Lezama Minaya presume meter orden y apalear la corrupción pero constructores y políticos lo acusan públicamente de hacer lo contrario, al grado que lo apodan “El Moches 4T”, porque la comisión exigida es del 25 por ciento…El pasado de Lezama es polémico, pero no se puede negar tampoco que ha sabido sortear lo mismo desaguisados de violencia intrafamiliar que de parrandas y de procesos electorales dónde aseguran que ganó una diputación pero que su cabeza se subastó por algunas prebendas…Mucha razón le asiste al diputado independiente, Luis Alonso García Hernández, cuando aclara que bloqueos como el de Punta Xen y en la Península de Atasta se dan por apatía y corrupción de ediles de las últimas tres décadas…Conforme Morena retoma el rumbo al 2021, es mayor la presencia de turistas políticos y “chombos disfrazados de palomas” que abogan por personajes desleales, traidores y oportunistas contumaces…Durante dos décadas en la FSTSE Campeche se cocinaron negocios en favor de su líder, y se investiga un faltante de 12 millones de pesos…Nos leemos a la próxima

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ROBERTO VELASCO ÁLVAREZ, EL CANCILLER MÁS JOVEN EN LA HISTORIA RECIENTE DE MÉXICO

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“Comentario a Tiempo”
Por Teodoro Renteria Arroyave.

A la colega Elvia Andrade Barajas en el XX aniversario de su plataforma “Reportajes Metropolitanos”. Reconocido esfuerzo de periodismo libre, en el que colaboramos diariamente desde su creación.

Qué razón tuvo y tiene el sufrido pueblo iraní, como lo difundimos en nuestra entrega de la víspera, en el sentido de que el alto al fuego por dos semanas acordado por Irán con Estados Unidos e Israel, lo recibió en una mezcla de alegría, de incredulidad e incertidumbre, de ello se encargó de ratificarlo el primer ministro de Israel, Benjamín Nethanyagu al violar el pacto con su criminal decisión, 24 horas después de la firma del mismo, al bombardear a la población civil del Líbano con un saldo de más de 300 muertos y más de mil heridos que incluye entre las víctimas a niñas, a niños y jóvenes, además, de esta inicua agresión, Donald Trump declaró que el Líbano no estaba contemplado en el pacto en flagrante contradicción con lo informado por el mediador, el primer ministro de Pakistán, Shehbaz Sharif, también es de recordarse que en la misma noche en que fue recibido con el beneplácito mundial el acuerdo, el vicepresidente estadounidense, James David Vance lo calificó de “frágil”.

El licenciado Roberto Velasco Álvarez, es el canciller más joven desde el Siglo XX, según registros. De acuerdo con la Constitución, fue propuesto por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, como flamante secretario de Relaciones Exteriores este 1 de abril de 2026 tras la salida del doctor Juan Ramón de la Fuente por motivos de salud y ratificado por el Senado de la República.

Con 38 años, Velasco Álvarez se posiciona como uno de los perfiles técnicos más relevantes dentro de la diplomacia mexicana reciente, con experiencia directa en la relación con América del Norte.

Según su currículum hecho público, es licenciado en Derecho por la Universidad Iberoamericana, de donde egresó en 2013, y cuenta con una maestría en Políticas Públicas por la Universidad de Chicago (2015-2017).

Durante su estancia en Estados Unidos, fue editor en jefe de la “Chicago Policy Review -revisión o evaluación de políticas públicas- además de colaborar en la oficina del alcalde de Chicago, lo que fortaleció su experiencia en análisis de políticas públicas y gestión internacional.

Es hijo único de mis amigos compañeros de trabajo en el aquel entonces recién fundado Instituto Mexicano de la Radio, IMER, -1983- licenciado Carlos Amador Velasco Oliva y Liz Álvarez Granados. Ahí, en esa institución recién fundada, se conocieron, se enamoraron y se casaron. Su abuelo es el marino e ingeniero Roberto Álvarez quien fungió como jefe de Prensa de la Secretaría de Marina, También gran amigo.

Los inicios de Roberto Velasco como funcionario público fueron en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Tiene experiencia en la administración local de la Ciudad de México. En 2017 colaboró en la Dirección Regional para América del Norte del fideicomiso del Gobierno de México que promovía el comercio y la inversión internacional. En 2008 fue dirigente de los Jóvenes del Partido Convergencia (hoy Movimiento Ciudadano) en el Distrito Federal.

Desde junio de 2020, Velasco fue responsable del seguimiento de las relaciones diplomáticas con Estados Unidos y Canadá, al frente de la Jefatura de Unidad para América del Norte en la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).

Posteriormente, en octubre de 2025, fue nombrado subsecretario para América del Norte, y entre diciembre de ese año y enero de 2026 se desempeñó como encargado de despacho de la Cancillería mexicana.

Velasco Álvarez nació el 14 de septiembre de 1987 en Ciudad de México. Obtuvo su Licenciatura en Derecho en la Universidad Iberoamericana y posteriormente una maestría en Políticas Públicas en Chicago, según consignó su biografía oficial.

Desde junio de 2020 coordina la política para América del Norte en la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE)

Sheinbaum anunció la nominación de Roberto Velasco en su cuenta de X; también fue publicado en el sitio web del gobierno de México

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo al dar a conocer la nominación de Roberto Velasco Ávarez expresó: “He decidido proponer al Maestro Roberto Velasco para continuar con el trabajo de defender la soberanía de México y proteger a nuestros connacionales en el exterior” cuyas prioridades de la política exterior mexicana en 2026, se enmarcan tres ejes centrales:

Soberanía Nacional: Mantener una postura firme en la defensa de los intereses de México. Protección Consular: Fortalecer la atención a los mexicanos en todo el mundo. Y Cooperación Estratégica: Profundizar los lazos con América Latina y consolidar la relación con los socios del T-MEC (Canadá y EE. UU.).

Le deseamos a ROBERTO VELASCO ÁLVAREZ, EL CANCILLER MÁS JOVEN EN LA HISTORIA RECIENTE, todo el éxito para bien de México y los mexicanos.
Periodista y escritor; presidente del Colegio Nacional de Licenciados en Periodismo, CONALIPE; secretario de Desarrollo Social de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP; presidente fundador y vitalicio honorario de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, FAPERMEX, Doctor Honoris Causa por la Universidad Internacional, Académico de Número y Director de Comunicación de la Academia Nacional de Historia y Geografía, ANHG. Agradeceré sus comentarios y críticas en teodororenteriaa@gmail.com Nos escuchamos en las frecuencias en toda la República de Libertas Radio. Le invitamos a visitar: www.felap.info, www.ciap-felap.org, www.fapermex.org, y el portal: www.irradianoticias.com

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PERIPECIAS CONSTITUCIONALES

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“EN LA OPINIÓN DE”
Dr. Hugo Alday Nieto

Saliéndonos un poco de las inconstitucionalidades locales que nos han llevado a ser el Congreso más corregido de la historia de Quintana Roo, hoy es importante que echemos un vistazo a la Suprema Corte y las peripecias que desde la interpretación constitucional habrán de hacer para sacar avante la designación de Lenia Batres.
La tensión interpretativa entre los artículos 94 y 97 de la Constitución mexicana relativa a la elegibilidad del ministro presidente, nos ofrece un terreno fértil para examinar las principales formas de interpretación jurídica. No se trata solo de resolver un problema técnico, sino de justificar públicamente porqué una lectura de la Constitución debe prevalecer sobre otras y aquí, las teorías de la argumentación jurídica nos proporcionan herramientas para ello.
A fin de ser más esquemático, comparto la antinomia en concreto:
Artículo 94

Arículo 97

(…)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes, Ministras y Ministros, y funcionará en Pleno. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación.

(…)

Última reforma del artículo 15-09-2024

(…)

Cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior.

(…)

Última reforma del artículo 15-09-2024

Esta antinomia que pasó de noche por el órgano reformador y por los iluminados asesores jurídicos encabezados por su máximo exponente, Arturo Zaldivar Lelo de la Rea, genera una antinomia dentro de la misma Constitución que pareciera insalvable de manera interpretativa desde todas las teorías.
De donde, si tomamos la Interpretación literal o gramatical, pudiéramos determinar que ambas interpretaciones son totalmente diferentes en cuanto a la temporalidad. Su límite es evidente en este caso y no resuelve tensiones funcionales o institucionales.
Respecto de una interpretación sistemática cuya finalidad es la de armonizar el texto dentro del conjunto constitucional, la interpretación sistemática sostendría que ambos artículos pueden coexistir, salvo la temporalidad del periodo de elegibilidad del ministro presidente.
Cabe señalar que, siendo la propia Constitución, no resulta aplicable el principio “Lex Posterior Derogat Legi Priori” (Ley posterior deroga a la ley anterior) tan explotado en el constitucionalismo moderno que antes de concatenar o reformar leyes anteriores, aplican este principio obligando al litigante o usuario de la norma a revisar el inicio de las vigencias para saber cuál ley vale más que la otra; trasladando el trabajo de actualización de la norma al ciudadano.
En segundo término, tampoco es aplicable el principio de “Lex Superior Derogat Legi Inferiori” (Ley superior deroga a la Ley inferior), ya que se trata del mismo nivel jerárquico. El más alto. El de la Constitución General de la República. Por esta razón, ambas disposiciones son válidas con el mismo nivel de fuerza.
Un tercer principio para poder superar antinomias es el de la especialidad, en donde “Lex Sperialis Derogut Legi Generali” (Ley especial deroga a la Ley general), sin que pueda ser aplicable al caso concreto porque no existe norma especial pueda ser aplicable a un caso concreto de manera específica que tenga más validez que una norma general, estamos en presencia de la Cartya Magna de México que al reformarse fast track, sigue arrojando lagunas y antinomias.
Otra forma de analizar este conflicto sería desde el punto de vista teleológico en donde llegaremos al ¿para qué existe cada norma? ¿Cuál es a su finalidad? Sin embargo, al perseguir ambos párrafos el mismo objetivo, resulta inatendible esta posibilidad.
Ahora bien, si nos vamos al extremo IUSmoralista y aplicamos la ponderación de principios de Robert Alexy, quien sostiene que, al estar dos principios constitucionales en colisión, no se anulan: se ponderan. Tenemos que existen dos en pugna con el mismo peso al evaluar la intensidad de la afectación recíproca. Por lo que sería inaplicable la teoría de Alexy.
Lo que es importante advertir es que es inviable la inaplicación de una o de otra propuesta, por ninguna razón moral o por considerarlo un derecho injusto, ya que se estaría violentando de manera grave el contenido de la propia Constitución Política y allí si, estaremos tirando por la borda todo ese discurso de izquierda, republicana, liberal que cada día se aleja más del México en proceso de construcción.
En este sentido, no nos queda más salida que atender al derecho preexistente y resolver este tema desde el iuspositivismo, en donde debemos acudir a la misma Constitución que establece la forma de su modificación a través de la votación de dos terceras partes de los miembros del Congreso de la Unión y de los estados de la República, acorde a lo dispuesto por el artículo 135 de la misma Carta Magna.
Como colofón, sería necesario hacer un llamado a los presidentes de las cámaras y coordinadores de los partidos promoventes para revisar de manera transversal sus iniciativas tomando en consideración el derecho preexistente, para no seguir en esta tónica de parchar lo parchado, ya que, de no ser así, las antinomias y lagunas seguirán, como siguen las cosas que no tienen mucho sentido.

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