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Issste deberá informar sobre entrega de medicamentos a pacientes con VIH/SIDA, instruye INAI

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CIUDAD DE MÉXICO, 29 DE JULIO.- El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) deberá buscar y dar a conocer información sobre el proceso de acreditación para entregar medicamentos antirretrovirales a terceros, cuando los pacientes con VIH/SIDA (titulares) se vean imposibilitados para recogerlos, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez destacó que el Estado mexicano debe proteger el derecho a la salud, pero la atención en las instituciones públicas de salud no siempre es adecuada.

“El desabasto de medicinas o la interrupción del tratamiento ponen en riesgo la vida de las personas con VIH/SIDA. Este recurso es un ejemplo puntual de cómo el derecho de acceso a la información pública es llave para defender otros derechos”, apuntó.

Salas Suárez recordó que el ISSSTE aseguró contar con medicamentos suficientes para atender a 7 mil 418 derechohabientes seropositivos. Sin embargo, acotó, de 1992 a noviembre de 2017, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) documentó que 13.5 por ciento de las mil 388 quejas recibidas por presuntas violaciones a los derechos de los pacientes, fueron dirigidas contra el ISSSTE, por omitir el suministro de medicamentos o no proporcionar atención médica.

“La información pública permite a los pacientes con VIH/SIDA conocer sus derechos, entre los que está obtener el tratamiento adecuado para garantizar su salud y vida digna, así como no ser discriminados. El hoy recurrente manifestó que utilizará la información solicitada para evaluar si es víctima o no de discriminación por parte de la institución médica que lo atiende. Por su parte, las autoridades de salud pueden apoyarse en la información pública para demostrar que brindan servicios de acuerdo con los estándares internacionales”, enfatizó.

Un particular requirió que se le proporcionara la siguiente información:

 

  1. Documentos necesarios e instancia ante la cual debe realizarse la acreditación de la persona autorizada a recibir medicamento.
  • 1.1 Cuántas personas pueden acreditarse/autorizarse;
  • 1.2 Plazos para realizar la autorización/acreditación y vigencia de la misma;
  • 1.3 Horarios para realizar la acreditación;
  • 1.4 Mecanismos para obtener acuse de recibo;
  • 1.5 Consecuencia de no cumplir con dicha acreditación.
  1. Si el requisito de que la persona que asiste a recibir el medicamento deba acreditar que está autorizada, es aplicable a los pacientes de todas las especialidades del Hospital, o únicamente a pacientes seropositivos de infectología. En caso de este último caso, detallar las razones.
  2. Fundamentación y motivación legal para solicitar que la persona que asiste a recibir el medicamento tiene que acreditar que está autorizado.
  3. ¿Cuál es el destino de los documentos que recaba la farmacia, mismos que contienen información personal sensible?

 

En respuesta, el sujeto obligado señaló que el “Reglamento para el Surtimiento de Recetas y Abasto de Medicamentos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado” es público, asimismo se otorgó un vínculo electrónico para su consulta.

 

Aunado a lo anterior, manifestó que la Ley no prevé los supuestos requeridos por el peticionario y, en relación al destino de los documentos, apuntó que éstos son salvaguardados en el archivo de área acorde con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

Inconforme, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI, por recibir información incompleta.

Posteriormente, en sus alegatos, el particular sostuvo que el ISSSTE se negó a dar información que es de carácter público, al tiempo que, afirmó, el sujeto obligado debe tener un documento en el que se funde y motive el procedimiento en cuestión, así como sus requisitos y consecuencias de incumplirlo.

Además, dijo que, ante el reconocimiento de un trámite para otorgar medicamentos antirretrovirales a terceros cuando los titulares no pueden ir, el sujeto obligado debe fundar y motivar las razones para solicitar dichos requisitos, los alcances, el trámite mismo y consecuencias de no hacerlo.

El particular indicó que el no entregar la información solicitada puede atentar contra el derecho humano a la salud de los pacientes.

A su vez, el ISSSTE, en sus alegatos, modificó su respuesta original y, por conducto de la Coordinación de Recursos Materiales, manifestó que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo es supletoria ante la falta de una disposición expresa, misma que en su artículo 19 establece que “la representación de las personas físicas o morales ante la Administración Pública Federal […] deberá acreditarse mediante instrumento público, y en el caso de personas físicas, también mediante carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las propias autoridades o fedatario público, o declaración en comparecencias del personal del interesado.”

La información fue hecha del conocimiento del particular mediante correo electrónico, además de que se puso a disposición en consulta directa y su reproducción en copias.

La ponencia del comisionado Salas Suárez reconoció que el sujeto obligado, mediante un alcance, solventó la solicitud en los puntos 1, 1.1, 3 y 4 de la solicitud del particular.

Por otra parte, en el análisis de fondo, sostuvo que la Unidad de Transparencia no turnó la solicitud del particular a todas las unidades administrativas competentes, como la Dirección y Subdirección Administrativa del Hospital Regional “General Ignacio Zaragoza”, además de los Subdelegados Médicos y Subdelegados de Administración correspondientes a dicho nosocomio, por tanto, la búsqueda de la información fue restrictiva.

Además, se entregó información incompleta en relación con todos los numerales de la solicitud, por lo que el agravio del particular, resultó fundado.

Por lo anterior, a propuesta del comisionado Joel Salas Suárez, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta del ISSSTE y le instruyó a realizar una búsqueda exhaustiva en las unidades administrativas ya referidas, con el fin de entregar la siguiente información:

Plazos para realizar la autorización/acreditación y vigencia de la acreditación de representación de una persona para el suministro de medicamentos; horarios para realizar la acreditación; mecanismos para obtener acuse de recibo; consecuencia de no cumplir con dicha acreditación, y  si el requisito de la acreditación de la persona que recibe el medicamento como autorizada, es aplicable a los pacientes de todas las especialidades del Hospital, o únicamente a pacientes seropositivos de infectología. De ser así, detallar las razones.

 

Sujeto obligado: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Folio de la solicitud: 0063700195018

Número de expediente: RRA 2955/18

Comisionado Ponente: Joel Salas Suárez

 

REDACCIÓN

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GENERAL MOTORS ANUNCIA INVERSIÓN DE 4 MIL MILLONES DE DÓLARES: ¿QUÉ SIGNIFICA PARA MÉXICO Y EE.UU.?

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La automotriz estadounidense General Motors ha confirmado una inversión de 4 mil millones de dólares con el objetivo de trasladar parte de su producción de México a Estados Unidos. La decisión se enmarca dentro de un contexto de presiones económicas, ajustes en políticas comerciales y medidas proteccionistas impulsadas por la administración de Donald Trump, que busca fortalecer el empleo manufacturero en territorio estadounidense.

Según el informe oficial de GM, la inversión estará destinada a modernizar plantas de ensamblaje en EE.UU., particularmente en Michigan y Ohio, con el propósito de reubicar líneas de producción actualmente operativas en México. Este movimiento representa un golpe estratégico, pero también un desafío para la industria automotriz mexicana, que ha sido clave en la manufactura global de vehículos durante las últimas décadas.

Expertos han señalado que este cambio podría impactar a miles de trabajadores en México, donde GM tiene una presencia significativa en ciudades como Silao y Ramos Arizpe. La decisión también genera incertidumbre en torno a acuerdos comerciales vigentes, como el T-MEC, que regula los flujos de inversión y comercio entre México, EE.UU. y Canadá.

Por otro lado, el gobierno mexicano ha respondido con un llamado a la automotriz para evaluar estrategias que mantengan empleo y crecimiento en el país. La Secretaría de Economía ha expresado su preocupación sobre los efectos que estas decisiones podrían tener en el sector automotriz nacional, además de su impacto en el mercado laboral.

Mientras tanto, la reubicación de operaciones en EE.UU. es vista como parte de una estrategia para reducir los costos asociados a los aranceles al acero y aluminio, además de calmar presiones políticas. Con esta inversión, General Motors busca adaptarse a un entorno cada vez más volátil, donde las decisiones económicas están profundamente ligadas a los cambios en el escenario político global.

Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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ALERTA SANITARIA: CONFIRMAN OTROS CASOS DE GUSANO BARRENADOR EN HUMANOS EN MÉXICO

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México enfrenta una nueva amenaza sanitaria con la confirmación de ocho casos de miasis humana provocada por el gusano barrenador (Cochliomyia hominivorax) en Chiapas y Campeche. Esta plaga, que afecta principalmente al ganado, ha comenzado a infectar a personas, generando preocupación entre especialistas y autoridades de salud.

El gusano barrenador es la larva de una mosca que deposita sus huevos en heridas abiertas. Al eclosionar, las larvas se alimentan del tejido vivo del huésped, causando infecciones graves que pueden derivar en necrosis si no se tratan a tiempo. En humanos, los síntomas incluyen dolor intenso, inflamación, secreción con mal olor y sensación de movimiento en la herida.

Ante la emergencia, la Secretaría de Salud ha implementado un cerco sanitario en las zonas afectadas y ha reforzado las medidas de prevención. Se han desplegado brigadas médicas para atender casos sospechosos y se han activado protocolos de vigilancia epidemiológica para evitar la propagación del parásito.

Las autoridades recomiendan a la población cubrir adecuadamente cualquier herida abierta, evitar el contacto con animales infectados y acudir al médico ante cualquier síntoma. Además, se han intensificado las campañas de información en comunidades rurales, donde el riesgo de contagio es mayor debido a la cercanía con ganado y la falta de acceso a servicios médicos oportunos.

Especialistas advierten que, aunque la miasis humana es poco común, su aparición en México podría indicar una reintroducción del parásito en el país, lo que requeriría medidas más estrictas para su control.

Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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