Nacional
TEPJF precisa criterios sobre nulidad de elección por rebase de tope de gastos

CIUDAD DE MÉXICO, 12 DE FEBRERO.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió por mayoría de votos, la contradicción de criterios sobre la causal de nulidad de la elección por rebase de tope de gastos de campaña, con lo que aprobó la jurisprudencia “Nulidad de elección por rebase de tope de gastos de campaña. Elementos para su configuración”.
En un comunicado, señaló que lo anterior fue derivado de las diferencias entre la Sala Regional Xalapa y la Sala Regional de la Ciudad de México, sobre la interpretación de la causal de nulidad por rebase de tope de gastos de campaña prevista en el artículo 41, base VI, de la Constitución Federal.
Dicho precepto señala que una elección podrá ser anulada cuando se tenga acreditado un rebase de tope de gastos de campaña en un cinco por ciento del monto total autorizado, y que “se presumirá que las violaciones son determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al cinco por ciento”.
De acuerdo con la Sala Regional Xalapa, esta irregularidad resulta determinante para el resultado electoral en todos los casos en los que la diferencia entre el primer y segundo lugar de la elección sea menor al cinco por ciento. Por ende, cuando la diferencia de la votación sea igual o mayor al cinco por ciento entre el primer y segundo lugar, el rebase de tope de gastos de campaña no podrá ser considerado determinante.
Mientras tanto, la Sala Regional Ciudad de México consideró que, cuando la diferencia entre el primero y segundo lugar en la elección sea menor al cinco por cierto de los votos, habrá presunción de determinancia prevista en él, sin que esto implique que el requisito se tenga acreditado automáticamente. Además, señaló que la determinancia puede actualizarse incluso cuando la diferencia sea igual o mayor al cinco por ciento, y que en este caso corresponde a quien sustente la nulidad de la elección por rebase del tope de gastos de campaña acreditar que este fue determinante para el resultado de la elección.
Por tanto, dice el TEPJF, la contradicción entre los criterios sustentados por ambas salas radicó en cómo es interpretada la presunción de la determinancia en tanto elemento necesario para acreditar la causal de nulidad de elecciones por rebase de tope de gastos de campaña en un cinco por ciento. En este sentido, cuando se presenten contradicciones entre las salas del TEPJF, la Sala Superior debe fijar el criterio que debe prevalecer, con el fin dar uniformidad a los criterios jurisdiccionales y garantizar certeza jurídica.
En este caso, al resolver el SUP-CDC-2/2017, el Pleno de la Sala Superior sostuvo que, para que se actualice la causal de nulidad prevista en el artículo 41, bases V y VI, inciso a) de la Constitución, deberán cumplirse con los siguientes elementos: 1) determinación de la autoridad administrativa electoral del rebase del tope de gastos de campaña en el porcentaje mencionado anteriormente y que ésta haya quedado firme; 2) quien sostenga la nulidad de la elección por esta irregularidad tiene la carga de acreditar que la violación fue grave, dolosa y determinante, y 3) la carga de la prueba del carácter determinante dependerá de la diferencia de votación entre el primer y segundo lugar.
Así, las magistradas y los magistrados de la Sala Superior establecieron que, cuando la diferencia de votación entre el primer y segundo lugar sea menor al cinco por ciento, la consecuencia será presumir que la irregularidad fue determinante para el resultado de la elección, sin que ello signifique, de manera automática, la declaratoria de nulidad.
El Pleno destacó que “el principio de determinancia tiene como propósito principal proteger la voluntad popular y evitar que una irregularidad menor conlleve a una consecuencia tan grave como la nulidad de la elección. Esto, porque lo que se encuentra en juego es el ejercicio democrático de la voluntad expresada por las y los ciudadanos en las urnas, así como el derecho a ser votado de quienes participaron como candidatas y/o candidatos”.
Asimismo, el Pleno de la Sala Superior reiteró que “el fin constitucional, al que corresponde el criterio aprobado, es proteger esta voluntad popular y resguardar los valores democráticos, por lo que la posibilidad de anular una elección debe ejercerse con la mayor prudencia y únicamente ante violaciones graves, dolosas y determinantes, y que sean acreditadas objetiva y materialmente”.
Fuente Proceso
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Nacional
(Videos) Al menos dos muertos y 4 heridos tras explosión de pipa en Hidalgo

Hidalgo.- Un saldo preliminar de dos muertos y 10 heridos fue lo que dejó la explosión de un camión de gas y una estación de servicio gasolinero en la región de Tula, informaron fuentes de seguridad pública del estado de Hidalgo.
De acuerdo con los reportes, además 10 automóviles que se encontraban estacionados en el lugar resultaron completamente calcinados.
Dicha explosión se presentó en la estación gasolinera Servifacil, ubicada en la localidad de Iturbe, del municipio de Tula de Allende y fue provocada por un autotanque de gas LP de la empresa Gas Mejía al momento de abastecerse de combustible en la Estación.
Esto movilizó a personal de los servicios de emergencia a la carretera estatal Tula- Actopan además de personal del Ejército mexicano y de la Guardia Nacional a aplicar el Plan Nn-III-E y el Plan GN.
A raíz de ese incidente, las calles aledañas permanecen cerradas al tránsito para facilitar el trabajo de los cuerpos de auxilio.
Las autoridades estatales y municipales llamaron a la población a no acercarse a la zona.
Fuente: Excélsior
Nacional
(Videos) Pipa de gas explota en una gasolinera en Hidalgo

Hidalgo.- Un video muestra el momento exacto en que una pipa de gas explotó dentro de una gasolinera de la carretera Tula-Tlahuelilpan, en Hidalgo.
De acuerdo con un informe de Protección Civil estatal, el accidente ocurrió cerca de las 08:00 horas de este sábado.
En el video difundido en redes sociales se puede ver una densa nube de gas previo a la explosión, algunas personas curiosas graban con sus celulares.
Repentinamente se escucha una gran explosión y comienza a surgir una nube de fuego.

La persona que graba este video grita y comienza a correr en sentido contrario.
Autoridades locales piden a la población no acercarse a la zona del accidente.
Otro de los videos fue captado por un automovilista y muestra la nube gas rodeando toda la gasolinera.
Hasta el momento no se tienen reportes de heridos o muertos por esta explosión.
Fuente: Excélsior
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