Playa del Carmen
Invalida la Corte reformas legales en materia urbana y ambiental del municipio de Solidaridad
CDMX.-El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó diversos artículos de una reforma realizada a la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a la Ley de Acciones Urbanísticas y a la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, todas del Estado de Quintana Roo, mediante el Decreto Número 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés, así como del artículo Sexto Transitorio del Decreto Número 190, publicado en el Periódico Oficial del Estado de la misma entidad, el veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés, a través del cual se reformó el referido Decreto Número 093.
El municipio de Solidaridad, Estado de Quintana Roo, demandó la invalidez de la
reforma a diversos preceptos contenidos en el referido Decreto Número 093, al
considerar que invadían sus atribuciones constitucionales, por excederse respecto de
ámbitos como ordenamiento territorial y uso de suelo, la planificación urbana y no
regular conforme al principio de protección y progresividad del espacio público.
El Pleno en su análisis concluyó que actos como la Constancia de Congruencia
Urbanística Estatal, implica un acto unilateral del Poder Ejecutivo local que, si bien
tiene por finalidad verificar la congruencia y compatibilidad de las obras o acciones
urbanísticas, lo cierto es que termina por condicionar las autorizaciones sobre uso de
suelo y licencias de construcción que previamente emitió el municipio, con base en el
escrutinio que efectúe la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable de la
entidad federativa.
Similar razonamiento mereció la regulación impugnada que faculta al gobierno estatal
para emitir las diversas Constancias de Compatibilidad Territorial en cualquiera de sus
modalidades, pues sujeta a las autorizaciones municipales, en última instancia a la
aprobación del Poder Ejecutivo local.
Adicionalmente, el Pleno estableció que en la normativa impugnada se exceptúa a los
desarrolladores urbanos tipo condominio de donar áreas de cesión para destinos en
favor de los municipios y, en su lugar, sustituye dicha obligación para aportar
únicamente la construcción y entrega de infraestructura, sin ceder un porcentaje del
área de su terreno en favor el municipio.
En ese sentido, el Pleno concluyó que el legislador local no puede limitar las dotaciones de terreno en favor del ente municipal, exceptuando a ciertos desarrolladores de esa obligación prevista en la Ley General de Asentamientos Humanos, ni aún considerando los esquemas de concurrencia y coordinación entre los órdenes de gobierno.
En consecuencia, el Pleno declaró la invalidez de los siguientes preceptos:- Artículos 7, fracciones XIII, XXII y XXVIII; 12, fracción VI; 75, párrafo segundo, en su porción normativa: “o Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”; del 80 al 86 y 88; 95, párrafo último; 124, fracción I, en su porción normativa: “y, para el caso de proyectos de alto impacto, obtener previamente Constancia de Congruencia Urbanística Estatal expedida por la Secretaría en los términos de esta ley”; 155 fracción I, en su porción normativa: “y contar con Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”; 168 fracción II; 195, fracción I, en su porción normativa: “y de Congruencia Urbanística Estatal”; y 198, párrafo primero, en su porción normativa: “de la existencia de la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal, así como”, de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo; 5, fracción I, artículo 46, párrafos primero, en su porción normativa: “con excepción a conjuntos urbanos tipo condominio” y sexto, 60 en su porción normativa “con excepción de la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”, 65, párrafo último, en su porción normativa: “Las autorizaciones contrarias a las constancias de congruencia urbanística no podrán ser inscritas”; 66 de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado de Quintana Roo, expedida mediante el Decreto 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés.- Así como el artículo 24, párrafo último, en su porción normativa: “y los dictámenes de impacto territorial”, de la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo, expedida, reformada y adicionada, respectivamente, mediante el Decreto Número 001 publicado en el Periódico Oficial local el dos de octubre de dos mil veinticuatro. – Por extensión, los artículos 77, párrafo primero, fracción II, inciso b), en su porción normativa “En tal caso, será necesario contar además con la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal;” de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo; y 80, párrafo segundo, en su porción normativa “urbanístico,” de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado de Quintana Roo, expedidas, reformadas y adicionadas, respectivamente, mediante el Decreto
Número 093.
Finalmente, el Pleno estableció que la declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado de Quintana Roo y que la invalidez decretada se limita a la esfera jurídica del municipio actor.
Controversia constitucional 471/2023, promovida por el Municipio Solidaridad, Quintana Roo, demandando la invalidez de diversos artículos de las leyes que se reforman mediante el Decreto Número 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés. Resuelto en sesión de Pleno, el 8 de abril de 2025
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Playa del Carmen
TARIFA PREFERENCIAL DE 45% EN FERRY A COZUMEL PARA PLAYENSES A TRAVÉS DEL PASE PLAYENSE
Playa del Carmen, Quintana Roo, 7 de septiembre de 2026.— El Gobierno Municipal de Playa del Carmen anunció un nuevo beneficio para las y los habitantes del municipio, consistente en un 45 por ciento de descuento en el servicio de ferry hacia Cozumel, gracias a un acuerdo entre el Ayuntamiento y la empresa Winjet Ferry, integrado al programa Pase Playense.
Tras una reunión con Alejandro Gutiérrez Sánchez, director general de Winjet, y José Gabriel Briceño Durán, gerente comercial, la presidenta municipal Estefanía Mercado informó que la tarifa preferencial será de 285 pesos por viaje redondo —equivalente al costo infantil— y estará vigente durante septiembre y octubre. Este beneficio se aplicará exclusivamente a residentes registrados en el Pase Playense.
La presidenta municipal destacó que este programa fortalece la alianza entre ciudadanía, iniciativa privada y gobierno, con el objetivo de generar beneficios reales para las familias y consolidar una economía local más sólida. Recordó que el Pase Playense opera mediante una tarjeta física y digital que permite acceder a descuentos y promociones en establecimientos y servicios del municipio.

Impulsado por la Secretaría de Desarrollo Económico y de Atracción de Inversiones, el programa suma ya 259 establecimientos afiliados y más de 10 mil residentes beneficiados. Entre los servicios disponibles se encuentran consultorios médicos, análisis clínicos, servicios dentales, farmacias, barberías, papelerías, guarderías, universidades privadas y otros relacionados con salud, educación y consumo cotidiano.
Con este nuevo acuerdo, el Pase Playense amplía su alcance al transporte marítimo, facilitando el acceso de las y los habitantes a tarifas preferenciales para viajar a Cozumel y fortaleciendo una política pública basada en alianzas estratégicas que generan beneficios concretos para la población.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias
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MARYBEL RESPALDA A SHEINBAUM Y EXIGE QUE CALICA REPARE EL DAÑO PARA RECUPERAR PUNTA VENADO
PLAYA DEL CARMEN, QUINTANA ROO, 7 de septiembre de 2026.— Con un llamado firme a la defensa del patrimonio ambiental y al bienestar de las comunidades de Quintana Roo, Marybel Villegas Canché cerró filas con la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo para exigir que Calica, filial de Vulcan Materials Company, asuma plenamente la reparación de los daños provocados por décadas de explotación en Playa del Carmen. La diputada federal con licencia destacó que este proceso es indispensable para recuperar Punta Venado como un puerto estratégico que impulse el desarrollo económico del estado.

Villegas Canché respaldó la postura del Gobierno de México de atender de manera inmediata las denuncias de habitantes de comunidades cercanas a pozos presuntamente afectados por las operaciones de Calica. Reconoció la respuesta de la presidenta Sheinbaum, quien instruyó el envío de personal especializado para evaluar las afectaciones y atender directamente a la población, priorizando la protección del medio ambiente y la salud comunitaria.
Durante la conferencia matutina, la presidenta informó que el Gobierno de México analiza impugnar la resolución del tribunal internacional en el caso de Vulcan Materials, recordando que ambas partes cuentan con mecanismos legales para recurrir a instancias superiores. En cuanto a Punta Venado, señaló que las conversaciones con la empresa continúan, pero subrayó dos condiciones irrenunciables: la remediación ambiental y la recuperación de la actividad portuaria bajo criterios de interés público.

Marybel recordó que el Tribunal Arbitral del CIADI rechazó casi la totalidad de las reclamaciones económicas de Vulcan, que buscaba una indemnización cercana a mil 700 millones de dólares. La compensación final, entre 15 y 17 millones de dólares, representó menos del uno por ciento de lo solicitado por la compañía.
La aspirante morenista afirmó que la postura de la presidenta Sheinbaum es un acto de defensa del territorio y de las comunidades que por años han denunciado los impactos ambientales y sociales de la explotación en la zona. Reiteró que la transformación implica proteger los recursos naturales, exigir responsabilidad a quienes los dañan y recuperar infraestructura clave para generar bienestar, desarrollo y oportunidades para Quintana Roo.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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