Playa del Carmen
Invalida la Corte reformas legales en materia urbana y ambiental del municipio de Solidaridad
 
																								
												
												
											CDMX.-El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó diversos artículos de una reforma realizada a la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, a la Ley de Acciones Urbanísticas y a la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, todas del Estado de Quintana Roo, mediante el Decreto Número 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés, así como del artículo Sexto Transitorio del Decreto Número 190, publicado en el Periódico Oficial del Estado de la misma entidad, el veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés, a través del cual se reformó el referido Decreto Número 093.
El municipio de Solidaridad, Estado de Quintana Roo, demandó la invalidez de la
reforma a diversos preceptos contenidos en el referido Decreto Número 093, al
considerar que invadían sus atribuciones constitucionales, por excederse respecto de
ámbitos como ordenamiento territorial y uso de suelo, la planificación urbana y no
regular conforme al principio de protección y progresividad del espacio público.
El Pleno en su análisis concluyó que actos como la Constancia de Congruencia
Urbanística Estatal, implica un acto unilateral del Poder Ejecutivo local que, si bien
tiene por finalidad verificar la congruencia y compatibilidad de las obras o acciones
urbanísticas, lo cierto es que termina por condicionar las autorizaciones sobre uso de
suelo y licencias de construcción que previamente emitió el municipio, con base en el
escrutinio que efectúe la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable de la
entidad federativa.
Similar razonamiento mereció la regulación impugnada que faculta al gobierno estatal
para emitir las diversas Constancias de Compatibilidad Territorial en cualquiera de sus
modalidades, pues sujeta a las autorizaciones municipales, en última instancia a la
aprobación del Poder Ejecutivo local.
Adicionalmente, el Pleno estableció que en la normativa impugnada se exceptúa a los
desarrolladores urbanos tipo condominio de donar áreas de cesión para destinos en
favor de los municipios y, en su lugar, sustituye dicha obligación para aportar
únicamente la construcción y entrega de infraestructura, sin ceder un porcentaje del
área de su terreno en favor el municipio.
En ese sentido, el Pleno concluyó que el legislador local no puede limitar las dotaciones de terreno en favor del ente municipal, exceptuando a ciertos desarrolladores de esa obligación prevista en la Ley General de Asentamientos Humanos, ni aún considerando los esquemas de concurrencia y coordinación entre los órdenes de gobierno.
En consecuencia, el Pleno declaró la invalidez de los siguientes preceptos:- Artículos 7, fracciones XIII, XXII y XXVIII; 12, fracción VI; 75, párrafo segundo, en su porción normativa: “o Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”; del 80 al 86 y 88; 95, párrafo último; 124, fracción I, en su porción normativa: “y, para el caso de proyectos de alto impacto, obtener previamente Constancia de Congruencia Urbanística Estatal expedida por la Secretaría en los términos de esta ley”; 155 fracción I, en su porción normativa: “y contar con Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”; 168 fracción II; 195, fracción I, en su porción normativa: “y de Congruencia Urbanística Estatal”; y 198, párrafo primero, en su porción normativa: “de la existencia de la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal, así como”, de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo; 5, fracción I, artículo 46, párrafos primero, en su porción normativa: “con excepción a conjuntos urbanos tipo condominio” y sexto, 60 en su porción normativa “con excepción de la Constancia de Congruencia Urbanística Estatal”, 65, párrafo último, en su porción normativa: “Las autorizaciones contrarias a las constancias de congruencia urbanística no podrán ser inscritas”; 66 de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado de Quintana Roo, expedida mediante el Decreto 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés.- Así como el artículo 24, párrafo último, en su porción normativa: “y los dictámenes de impacto territorial”, de la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo, expedida, reformada y adicionada, respectivamente, mediante el Decreto Número 001 publicado en el Periódico Oficial local el dos de octubre de dos mil veinticuatro. – Por extensión, los artículos 77, párrafo primero, fracción II, inciso b), en su porción normativa “En tal caso, será necesario contar además con la Constancia de Congruencia  Urbanística Estatal;” de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo; y 80, párrafo segundo, en su porción normativa “urbanístico,” de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado de Quintana Roo, expedidas, reformadas y adicionadas, respectivamente, mediante el Decreto
Número 093.
Finalmente, el Pleno estableció que la declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado de Quintana Roo y que la invalidez decretada se limita a la esfera jurídica del municipio actor.
Controversia constitucional 471/2023, promovida por el Municipio Solidaridad, Quintana Roo, demandando la invalidez de diversos artículos de las leyes que se reforman mediante el Decreto Número 093, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés. Resuelto en sesión de Pleno, el 8 de abril de 2025
 
																	
																															Playa del Carmen
PLAYA DEL CARMEN MARCA UN HITO EN PROTECCIÓN CIVIL Y BIENESTAR ANIMAL A NIVEL NACIONAL
 
														Playa del Carmen, Quintana Roo, 30 de octubre de 2025.— En el marco del Congreso Nacional de Bomberos 2025, el municipio de Playa del Carmen se posicionó como referente nacional en materia de Protección Civil y bienestar animal, al presentar una iniciativa pionera que capacita a bomberos y personal operativo en primeros auxilios para mascotas.

La presidenta municipal Estefanía Mercado, junto con el titular de la Secretaría de Protección Civil, Prevención de Riesgos y Bomberos, Darwin Covarrubias, encabezaron esta acción que busca fortalecer la atención integral en situaciones de emergencia. “Convivimos con una gran diversidad de especies; nuestras corporaciones deben estar preparadas para actuar con sensibilidad y conocimiento ante cualquier situación que involucre mascotas o fauna urbana”, afirmó Covarrubias.

El curso especializado incluyó técnicas de evaluación, control de hemorragias, inmovilización y reanimación de animales, con el objetivo de mejorar la capacidad de respuesta en hogares, espacios públicos y operativos de rescate. Esta formación representa un avance significativo en la construcción de una cultura preventiva más humana y responsable.
Con estas acciones, el Gobierno Municipal reafirma su compromiso con una Protección Civil moderna, sensible y cercana a la comunidad, que atiende no solo la seguridad de las personas, sino también el bienestar de los animales que forman parte del entorno urbano.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

Playa del Carmen
TODO LISTO PARA EL JANAL PIXAN 2025 EN PLAYA DEL CARMEN: UNA CELEBRACIÓN DE LUZ Y TRADICIÓN
 
														Playa del Carmen, Quintana Roo, 30 de octubre de 2025.— Este viernes 31 de octubre inicia en Playa del Carmen el Janal Pixan 2025, bajo el lema “Pixano’ob Sáasilo ‘ob. Finados seres de luz”, con una programación cultural gratuita que honra a los Fieles Difuntos y fortalece las raíces mayas de la región.
La ceremonia inaugural será a las 19:00 horas en la Plaza 28 de Julio, con el encendido del Magno Altar y la exposición de Altares de México, elaborados por dependencias del gobierno local. Durante tres días, más de 400 artistas se presentarán en el anfiteatro de la plaza y en Puerto Aventuras, con espectáculos de danza, música y teatro.

El sábado 1 de noviembre destaca la exposición pictórica de Adzul Marino en la Galería de Arte del Palacio Municipal, seguida por talleres infantiles de “Calaveras gráficas”. Ese mismo día, a las 18:00 horas, se realizará el recorrido “U Xíimbal Pixano’ob” desde el parque Lázaro Cárdenas hasta el Cementerio Municipal, con rezos y serenata a cargo de rezadoras mayas y el cuarteto Ecos del Mayab.

El domingo 2 continúa la programación con más actividades artísticas y el desfile tradicional desde la Quinta Avenida. El lunes 3, el Centro Cultural albergará charlas sobre usos y costumbres, cine infantil y un mercadillo.

La presidenta municipal Estefanía Mercado invitó a toda la comunidad y visitantes a participar en esta celebración ancestral. Se habilitará transporte público hasta la medianoche y se recomienda precaución vial durante los recorridos.
Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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