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TEPJF precisa criterios sobre nulidad de elección por rebase de tope de gastos

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CIUDAD DE MÉXICO, 12 DE FEBRERO.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió por mayoría de votos, la contradicción de criterios sobre la causal de nulidad de la elección por rebase de tope de gastos de campaña, con lo que aprobó la jurisprudencia “Nulidad de elección por rebase de tope de gastos de campaña. Elementos para su configuración”.

En un comunicado, señaló que lo anterior fue derivado de las diferencias entre la Sala Regional Xalapa y la Sala Regional de la Ciudad de México, sobre la interpretación de la causal de nulidad por rebase de tope de gastos de campaña prevista en el artículo 41, base VI, de la Constitución Federal.

Dicho precepto señala que una elección podrá ser anulada cuando se tenga acreditado un rebase de tope de gastos de campaña en un cinco por ciento del monto total autorizado, y que “se presumirá que las violaciones son determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al cinco por ciento”.

De acuerdo con la Sala Regional Xalapa, esta irregularidad resulta determinante para el resultado electoral en todos los casos en los que la diferencia entre el primer y segundo lugar de la elección sea menor al cinco por ciento. Por ende, cuando la diferencia de la votación sea igual o mayor al cinco por ciento entre el primer y segundo lugar, el rebase de tope de gastos de campaña no podrá ser considerado determinante.

Mientras tanto, la Sala Regional Ciudad de México consideró que, cuando la diferencia entre el primero y segundo lugar en la elección sea menor al cinco por cierto de los votos, habrá presunción de determinancia prevista en él, sin que esto implique que el requisito se tenga acreditado automáticamente. Además, señaló que la determinancia puede actualizarse incluso cuando la diferencia sea igual o mayor al cinco por ciento, y que en este caso corresponde a quien sustente la nulidad de la elección por rebase del tope de gastos de campaña acreditar que este fue determinante para el resultado de la elección.

Por tanto, dice el TEPJF, la contradicción entre los criterios sustentados por ambas salas radicó en cómo es interpretada la presunción de la determinancia en tanto elemento necesario para acreditar la causal de nulidad de elecciones por rebase de tope de gastos de campaña en un cinco por ciento. En este sentido, cuando se presenten contradicciones entre las salas del TEPJF, la Sala Superior debe fijar el criterio que debe prevalecer, con el fin dar uniformidad a los criterios jurisdiccionales y garantizar certeza jurídica.

En este caso, al resolver el SUP-CDC-2/2017, el Pleno de la Sala Superior sostuvo que, para que se actualice la causal de nulidad prevista en el artículo 41, bases V y VI, inciso a) de la Constitución, deberán cumplirse con los siguientes elementos: 1) determinación de la autoridad administrativa electoral del rebase del tope de gastos de campaña en el porcentaje mencionado anteriormente y que ésta haya quedado firme; 2) quien sostenga la nulidad de la elección por esta irregularidad tiene la carga de acreditar que la violación fue grave, dolosa y determinante, y 3) la carga de la prueba del carácter determinante dependerá de la diferencia de votación entre el primer y segundo lugar.

Así, las magistradas y los magistrados de la Sala Superior establecieron que, cuando la diferencia de votación entre el primer y segundo lugar sea menor al cinco por ciento, la consecuencia será presumir que la irregularidad fue determinante para el resultado de la elección, sin que ello signifique, de manera automática, la declaratoria de nulidad.

El Pleno destacó que “el principio de determinancia tiene como propósito principal proteger la voluntad popular y evitar que una irregularidad menor conlleve a una consecuencia tan grave como la nulidad de la elección. Esto, porque lo que se encuentra en juego es el ejercicio democrático de la voluntad expresada por las y los ciudadanos en las urnas, así como el derecho a ser votado de quienes participaron como candidatas y/o candidatos”.

Asimismo, el Pleno de la Sala Superior reiteró que “el fin constitucional, al que corresponde el criterio aprobado, es proteger esta voluntad popular y resguardar los valores democráticos, por lo que la posibilidad de anular una elección debe ejercerse con la mayor prudencia y únicamente ante violaciones graves, dolosas y determinantes, y que sean acreditadas objetiva y materialmente”.

Fuente Proceso

 

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“Huachicol Fiscal: Altos Mandos y Empresarios en Red de Corrupción Multimillonaria”

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En un operativo sin precedentes, autoridades federales desmantelaron una red dedicada al contrabando de combustible mediante documentación falsa y evasión fiscal. La acción conjunta de la Fiscalía General de la República, la Secretaría de Marina y la Secretaría de Seguridad derivó en la detención de al menos 50 personas, entre ellas mandos militares y empresarios vinculados al sector energético.

Destacan las capturas del vicealmirante Manuel Roberto Farías Laguna, familiar de un exsecretario de Marina, y de los presuntos líderes Cirio Sergio Rebollo Mendoza, alias “Don Checo”, y Luis Miguel Ortega Maldonado, conocido como “El Flaco de Oro”. Se aseguraron más de 10 millones de litros de diésel, vehículos, armas y documentación apócrifa en el puerto de Tampico.

Omar García Harfuch, titular de Seguridad, declaró que “no habrá impunidad” y que este golpe fortalece la credibilidad institucional. Subrayó que el operativo fue resultado de meses de inteligencia y coordinación.

La presidenta Claudia Sheinbaum expresó que “cuando hay evidencia de corrupción, se actúa sin distinción”. Reiteró su compromiso con la justicia y reconoció la labor de la Marina. También lamentó el suicidio del capitán Abraham Jeremías Pérez Ramírez, quien estaba bajo investigación, aunque aclaró que no se ha confirmado su vínculo directo con la red.

Las investigaciones continúan y se prevén nuevas órdenes de aprehensión. El caso revela un esquema de corrupción que involucra permisos falsos, evasión de impuestos y comercialización ilegal de hidrocarburos, con pérdidas millonarias para el país.

Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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RED DE HUACHICOL FISCAL SACUDE A ALTOS MANDOS: DETENIDO UN VICEALMIRANTE EN OPERATIVO HISTÓRICO

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En un operativo sin precedentes contra el robo de hidrocarburos, autoridades mexicanas desmantelaron una red de huachicol fiscal que operaba con alcance nacional e internacional. La acción culminó con la detención de 14 personas, entre ellas un vicealmirante en retiro, señalado como el funcionario naval de más alto rango implicado en este tipo de delitos.

El excomandante, con vínculos familiares en altos círculos militares, fue arrestado junto a empresarios y exfuncionarios públicos acusados de participar en el tráfico ilegal de combustibles. La red utilizaba empresas fachada, documentación apócrifa y contactos institucionales para movilizar más de 10 millones de litros de diésel, decomisados en el puerto de Tampico.

Durante el operativo se aseguraron armas, vehículos y un buque con bandera extranjera, lo que revela la magnitud del esquema criminal. Las investigaciones apuntan a una estructura que operaba desde hace años, con pérdidas millonarias para el Estado y riesgos directos a la seguridad energética del país.

Este caso marca un punto de inflexión en la lucha contra el huachicol, al evidenciar complicidades en niveles estratégicos y reforzar el compromiso por erradicar la corrupción y proteger los recursos nacionales.

Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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