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AMLO sufre angina de pecho, revelan correos hackeados a la Sedena

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Ciudad de México .- Después de que durante la noche de este jueves fueron revelados miles de correos electrónicos alojados en servidores de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) hackeados por un grupo denominado Guacamaya, fue dado a conocer que el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) tiene varios padecimientos, entre ellos, angina de pecho inestable.

Los correos obtenidos por los hacktivistas revelaron detalles sobre el estado de salud del mandatario.

Según la información difundida en el sitio Latinus, el mandatario habría presentado una complicación cardiaca en Palenque, Chiapas, el pasado 2 de enero.

Ante esta información, el presidente confirmó que su estado de salud se encuentra comprometido por diversos padecimientos de salud, los cuales son controlados con varios medicamentos y tratamientos.

Tras argumentar que estos padecimientos eran del dominio público desde hace tiempo, y que se encuentra en tratamiento para sus enfermedades, el presidente presentó una lista de sus padecimientos acompañado de una canción de Chico Ché.

¿Qué es lo que dan a conocer? 

Lo que es de dominio público, el que nada debe, nada teme. Sí, son ciertos. Yo estoy enfermo, tengo varios padecimientos”, dijo durante la conferencia matutina de este martes.

Cabe recordar que, en 2013, AMLO sufrió un infarto que por poco le cuesta la vida. Incluso, recientemente, comentó que por el intenso dolor se había resignado a morir hace 9 años.

¿Qué es la angina de pecho inestable que padece AMLO?
En las revelaciones hechas por los hackers consta que el mandatario padece de angina de pecho inestable de riesgo alto, hipotiroidismo y gota.
De acuerdo con Mayo Clinic, la angina de pecho es un tipo de dolor de pecho causado por la reducción del flujo sanguíneo al corazón.


Este padecimiento es un síntoma de la enfermedad de las arterias coronarias.

Este tipo de dolor, de acuerdo con quienes lo padecen, es descrito como una afección que causa presión, pesadez y opresión en el pecho.


La angina de pecho inestable es considerada una emergencia médica, la cual es poco predecible y se produce en reposo.

Suele ser grave y tiene una duración mayor a la de angina estable, además de que no desaparece con descanso ni con los medicamentos habituales para la angina de pecho.

En caso de que el flujo sanguíneo no se restablezca, el corazón se queda sin oxígeno y se produce un ataque cardíaco.

La angina de pecho inestable se considera muy peligrosa y requiere tratamiento de urgencia.

Fuente Reporte Indigo

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Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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