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TEPJF validó la elección de Américo Villarreal en Tamaulipas

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Tamaulipas.- Con una mayoría de votos en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), se ratificó la elección como gobernador electo de Tamaulipas de Américo Villarreal Anayapor parte de Movimiento Regeneración Nacional (Morena).

Tras la sesión convocada en punto de las 17:00 horas este miércoles 28 de septiembre por videoconferencia, se confirmó el triunfo del morenista y deberá tomar posesión de su cargo el próximo sábado 1° de octubre en Ciudad Victoria, tras la salida del gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca.

Fueron los votos de los magistrados Janine Otálora Malassis, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, José Luis Vargas Valdez y Mónica Soto Fregoso quienes se pronunciaron a favor del triunfo en el pasado proceso electoral en el estado de Tamaulipas y le dieron la victoria al morenista.

Con el triunfo se desestimaron las acusaciones del Partido Acción Nacional (PAN) en las que se argumentaron una presunta intervención del crimen organizado para beneficiar la campaña del morenista en el proceso electoral; sin embargo, los magistrados determinaron que no había pruebas de ello.

Y es que, Villarreal Anaya fue señalado en distintas ocasiones de mantener nexos con el Cártel del Noroeste (CND), grupo que habría financiado la campaña electoral de Américo Villarreal. Por esta razón, el próximo gobernador de Tamaulipas señaló que García Cabeza de Vaca había logrado que un juez emitiera una orden de aprehensión en su contra.

Asimismo se desestimó la penalización a Américo Villarreal por regresar al Senado; misma por la cual se señaló que podía perder la gubernatura. Puesto que la Constitución de Tamaulipas en su artículo 79 numeral IV establece que no se puede obtener el cargo de gobernador si se ostentó un puesto público en alguna otra entidad o gobierno federal en al menos 120 días.

“El reconocimiento del candidato del que conoció y se reunió con Sergio Carmona no es suficiente para tener por acreditado que un grupo dedicado al contrabando de hidrocarburos aportó recursos a su campaña”, señaló Luis Vargas durante su participación en la Sala Superior del Tribunal Electoral.

La magistrada Janine Otálora anunció que votaría a favor de confirmar la validez de la elección de Tamaulipas, donde fue electo el morenista Américo Villarreal, siendo su voto el tercero a favor y cero en contra. Asimismo, el magistrado Felipe Fuentes descartó que se deba anular la elección en Tamaulipas porque coincidió en que no se probó relación del partido guinda o de Villarreal Anaya con la delincuencia organizada.

Por su parte el magistrado Felipe Fuentes Barrera mencionó que no se podía demostrar que existiera un contexto de violencia generalizada que haya afectado el derecho del voto. “No se puede identificar nexo válido entre grupos delincuenciales y el grupo político triunfador… solo existen nexos probatorios aislados”, señaló.

Cabe destacar que hasta el momento, Américo Villarreal no se ha pronunciado sobre la decisión del TEPJF.

Fuente Infobae

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Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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Nacional

¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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