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Despiden a Yolanda Martínez en velorio, en Monterrey, NL; su padre sostiene que la asesinaron

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Nuevo León.- Este sábado en Monterrey, Nuevo León, se realizaron los servicios funerarios de Yolanda Martínez Cadena, la joven quien desapareció el 31 de marzo en el municipio de San Nicolás y apareció sin vida el domingo 8 de mayo en el municipio de Juárez.

“Pues mire, yo busqué algo céntrico para que las personas que se quieran acercar a despedir a mija este, las puertas están libres, digo abiertas para todo público, para las diferentes autoridades, para mis familiares, ya sea por parte de su mamá, por parte mía, el que quiera asistir aquí estamos, yo aquí permaneceré para recibir a la gente”, dijo Gerardo Martínez, padre de Yolanda.

Este domingo se ofrecerá una misa de cuerpo presente y después el cuerpo será llevado a un panteón del municipio de Juárez.

“Al panteón que se llama, Los Pinos, en Juárez, así lo pedí yo para estar cerca de mi hija para yo visitarla cuando quiera y eso lo haría pues más seguro los fines de semana, el domingo, pero entre semana de repente me da por caminar y platico con ella y me echo un cafecito ahí en su lugar y así haría mi vida yo con ella”, comentó el papa de Yolanda.

Sobre este caso la Fiscalía General de Justicia de Nuevo León tiene como principal línea de investigación que la joven de 26 años se suicidó.https://32efa5783dc84065c5eedb905aac8d43.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-38/html/container.html?n=0

Sin embargo la familia dice que a su hija la asesinaron.

“Porque no fue suicidio, ya nomás hay que saber que sustancias se le administró para que muriera porque fue inyectada con algún medicamento, alguna sustancia que le provocó la muerte, aparte le dieron a beber un vaso con agua, creo que con siete diferentes drogas y así fue como ella murió en algún día después de tres días que estuvo en cautiverio, cinco días, después de haber sido maltratada físicamente a lo mejor sexualmente no sabemos, pero todo va a entrar dentro de la investigación”, subrayó Gerardo Martínez.

El padre de Yolanda dijo que presentará los resultados de una nueva necropsia en la que participaron peritos de Guatemala.

Fuente Noticieros Televisa

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Nacional

Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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