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Cancún

Impugna el PRD ante el IEQROO candidatura de Isaac Janix Alanis

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Cancún.- El Partido de la Revolución Democrática, (PRD), a través de su representante ante el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, (Ieqroo), Emmanuel Torres Yah, interpuso un recurso de apelación en contra del acuerdo IEQROO/CG/A-121-2021, a través del cual, la autoridad administrativa electoral, otorgó e a Isaac Janix Alanis, el registro de candidato a la Presidencia Municipal de Benito Juárez, Quintana Roo, por el partido Fuerza México, por considerar que no cumple con los principios previstos por los ordinales 139 de la Constitución Política del estado; 20 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Quintana Roo; y 35, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los cuales indican claramente que puede buscar la figura de la reelección por el mismo cargo de representación popular que tiene, el cual es regidor, informó el presidente del Órgano Directivo Estatal, Leobardo Rojas

En un documento fechado el 17 de abril, dirigido al presidente del Consejo General del Ieqroo, la representación del PRD también fundamentó su dicho en que a partir de la reforma constitucional electoral federal de dos mil catorce, el artículo 115 constitucional, relativo a los municipios y su gobierno, dio paso a que sus integrantes que aspiraran a postularse para un período adicional, bajo el mismo cargo, otorgando también, a las entidades  federativas libertad de configuración legislativa para regular el acceso de los  ciudadanos a los cargos edilicios, con la única limitante que los normas que para tal efecto establezcan las Legislaturas locales, cumplan, como cualquier otra, con criterios de proporcionalidad y razonabilidad.

En ese tenor, el artículo 136 de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo, dispone cuales son los requisitos que un ciudadano requiere para poder ser miembro de un Ayuntamiento en la entidad, los cuales son I. Ser mexicano por nacimiento, ciudadano quintanarroense en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles, con residencia y vecindad en el Municipio no menor a cinco años anteriores al inicio del proceso electoral; II. Ser de reconocida probidad y solvencia moral; III. No desempeñar, con excepción de los docentes, cargo o comisión del Gobierno Federal, Estatal o Municipal a menos que se separe con noventa días de anticipación al día de la elección. Esta disposición no será aplicable a quienes participen con el carácter de suplentes.

  1. No ser Magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, ni del Tribunal Electoral del Estado, ni Consejero, Secretario Ejecutivo o Director del Instituto Electoral del Estado, a menos que se separe dos años antes de la fecha de inicio del proceso electoral; V. No ser ministro de cualquier culto, a menos que se separe formal y definitivamente de su ministerio cuando menos cinco años antes del inicio del proceso electoral.

En uso de esa libertad configurativa, indica el recurso de impugnación,  el legislador quintanarroense dispuso en la legislación secundaria, es decir, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, una limitante al derecho político-electoral pasivo, la cual se concretizó en el artículo 20, del capítulo único, del título tercero de la citada ley, denominado De los Requisitos de Elegibilidad, en dicho ordinal el constituyente local, dispuso: “Artículo 20. La ciudadanía que no se encuentren en los supuestos del artículo 139 de la Constitución del Estado y reúnan los requisitos establecidos en los artículos 136 de la misma y 17 de la presente Ley, son elegibles para ser integrantes de los Ayuntamientos del Estado de Quintana Roo. En el registro de estas candidaturas los partidos políticos deberán garantizar el principio de paridad de género.”

A su vez, el artículo 139 de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo, dispone: “Artículo 139 Los Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos que hayan estado en ejercicio, podrán ser reelectos por un período adicional como propietarios o suplentes; La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.

Por lo anterior, indica el documento: Que para el común de los ciudadanos que deseen contender para un cargo edilicio de elección popular, deberán cubrir los requisitos enunciados en el artículo 136 de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo; Que aquellos ciudadanos que hayan accedido a un cargo edilicio a través de la elección popular, pueden ser reelectos para un periodo inmediato posterior; Que los ciudadanos que accedieron a un cargo edilicio, en virtud de una elección popular, si quieren postularse para el siguiente periodo de gobierno, únicamente podrán hacerlo a través de la figura de la reelección.

Derivado de lo anterior al otorgar  el consejo general del Ieqroo al ciudadano Isaac Janix Alanis, el registro como candidato a la Presidencia Municipal de Benito Juárez, por el partido político Fuerza México, violenta lo dispuesto por los artículos 35, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en correlación con los diversos 139 de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo; y 20 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Quintana Roo.

Se recordó  que Isaac Janix Alanis, ostenta el cargo de Regidor Décimo Primero del actual Ayuntamiento de Benito Juárez, de ahí que, si pretendía contender en el actual proceso electoral, debía hacerlo a través de la figura de la reelección, es decir, buscar ocupar de nueva cuenta la misma posición edilicia, en virtud de la limitante que establece el ordinal 20 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Quintana Roo, la cual es muy clara, al señalar que “…La ciudadanía que no se encuentren en los supuestos del artículo 139 de la Constitución del Estado… son elegibles para ser integrantes de los Ayuntamientos del Estado de Quintana Roo…”, disposición legal que, interpretada a contrario sensu, prevé que aquellos ciudadanos que estén previstos en alguna de las calidades que establece el numeral 139 de la Constitución Local, únicamente pueden acceder a la elección consecutiva en el periodo siguiente, pero obviamente, no podrán postularse a otro cargo edilicio, distinto al que ya ostentan.

De ahí que la autoridad responsable haya violentado las normas electorales antes invocadas, al no tomar en consideración que Isaac Janix Alanís, posee la calidad de edil en la actual administración municipal del Ayuntamiento de Benito Juárez, hecho que lo encuadra ineludiblemente con la hipótesis prevista en el numeral 139 de la Constitución Loca; y por lo tanto, le es aplicable la limitante contenida en el artículo 20 de la Legislación sustantiva electoral del Estado de Quintana Roo, por lo que ese H. Tribunal, deberá restituir el orden jurídico electoral, revocando el registro que indebidamente le fue otorgado al ciudadano de mérito.

La representación del PRD ante el Consejo General del Ieqroo aportó como pruebas la: DOCUMENTAL PÚBLICA. Consistente en el expediente de la postulación que presentó el partido político Fuerza México, del registro como candidato a la Presidencia Municipal de Benito Juárez, que deberá ser aportado por el Instituto Electoral de Quintana Roo. Prueba que relaciono con los hechos 5 y 6 del presente escrito; INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES. Consistente en todas las actuaciones que integran el expediente de queja que al efecto se radique y que puedan favorecer a la parte que represento; PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA. En todo aquello que favorezca los intereses que represento.

Por lo que solicitó:

PRIMERO.- Tener por presentado en términos del este escrito, promoviendo Recurso de Apelación promovido en contra del acuerdo IEQROO/CG/A-121-2021.

SEGUNDO.- Una vez substanciado el presente medio de impugnación, emitir la resolución correspondiente, revocando el registro indebidamente otorgado al ciudadano Isaac Janix Alanís, como candidato a la Presidencia Municipal de Benito Juárez.

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Cancún

ANA PATY PERALTA REFUERZA LA ATENCIÓN CIUDADANA CON MÁS DE 800 PERSONAS ATENDIDAS EN “DÍA DEL PUEBLO”

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La edición número 37 de las jornadas “Día del Pueblo, Cancún Nos Une por la Transformación” confirmó nuevamente el compromiso del gobierno municipal con la atención directa a la ciudadanía. La Presidenta Municipal, Ana Paty Peralta, informó que más de 800 cancunenses han sido escuchados y atendidos de manera personal a través de estas audiencias públicas, consolidando un modelo de gobierno cercano, sensible y orientado a resolver las necesidades reales de la población.

La Alcaldesa destacó que cada solicitud ciudadana recibe seguimiento puntual por parte de su equipo, encabezado por su secretario particular, Patricio de la Peña, y el secretario general del Ayuntamiento, Pablo Gutiérrez Fernández, quienes se encargan de dar respuesta oportuna a temas como pago de predial, trámites administrativos y gestiones diversas. Este acompañamiento, señaló, es parte esencial de las políticas públicas impulsadas en la administración alineada a los principios de la Cuarta Transformación.

Las jornadas se realizan cada jueves de manera intercalada en el despacho de la Presidenta Municipal, manteniendo una política de puertas abiertas que ha fortalecido la confianza entre ciudadanía y gobierno. Para ampliar la atención, se instalaron módulos dentro y fuera del Palacio Municipal, entre ellos IMDAI, Bolsa de Empleo, Secretaría Municipal de Bienestar, Prodecon, DIF Benito Juárez y Tránsito Municipal.

Asimismo, el programa Red Bienestar ofreció servicios de salud como tamizajes, medición de glucosa, presión arterial, IMC, pruebas de VIH, sífilis y hepatitis, además de vacunación para distintos grupos de edad y detección oportuna de enfermedades crónicas y cáncer.

Finalmente, Ana Paty Peralta invitó a la población a participar en la próxima jornada de atención ciudadana que se realizará en el Domo de la Supermanzana 77, de 09:00 a 15:00 horas, reiterando que su gobierno seguirá trabajando de la mano con la gente.

Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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Cancún

INVERTIRÁN MÁS DE 321 MDP PARA TRANSFORMAR COLONIAS OLVIDADAS EN CANCÚN

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El Ayuntamiento de Benito Juárez aprobó un paquete histórico de inversión pública para el ejercicio 2026, destinado a atender de manera prioritaria a las colonias que por años permanecieron en el abandono. Durante la Trigésima Sexta Sesión Ordinaria de Cabildo, la presidenta municipal Ana Paty Peralta destacó que su administración será la primera en cumplir con obras totalmente integrales, enfocadas en justicia social y bienestar comunitario.

El Programa de Inversión Anual (PIA) 2026 contempla más de 190 millones de pesos en proyectos nuevos, a los que se suman 130 millones de pesos en obras bianuales, alcanzando un total superior a 321 millones de pesos. Estos recursos permitirán avanzar en infraestructura básica, movilidad y conectividad urbana.

Una parte fundamental del presupuesto se dirigirá a colonias recientemente municipalizadas como El Diamante y San Alfredo, donde se ejecutarán trabajos “de 0 a 100”: pavimentación, guarniciones, alumbrado público, señalética y sistemas de captación de agua pluvial. La alcaldesa subrayó que estas acciones buscan cerrar brechas históricas y garantizar condiciones dignas para miles de familias.

En materia de movilidad, el Cabildo aprobó la siguiente etapa de rehabilitación de la Avenida Kabah, en su tramo entre Niños Héroes y Tules, así como la intervención de la Avenida Nazareth, entre Colosio y Huayacán. También se autorizaron obras complementarias para mejorar la conectividad del Puente Nichupté y la restauración del Monumento a la Historia de México.

Además, se avaló una prórroga del 16 de marzo al 15 de abril para el refrendo de licencias de funcionamiento, con el fin de apoyar a comercios y sectores productivos. Finalmente, se turnaron a comisiones diversas disposiciones para fortalecer el marco jurídico que permitirá atender inmuebles en estado de abandono.

Fuente: 5to Poder Agencia de Noticias

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