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Ana Lucía Hill asume como encargada de despacho del gobierno de Puebla

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Puebla.-La Secretaria de Gobernación, Ana Lucía Hill Mayoral asumió como gobernadora, pero en calidad de encargada de despacho mientras el Congreso Local de Puebla designa al mandatario sustituto de Miguel Barbosa Huerta. “Nuestra prioridad es estar con la familia del Gobernador. Les estaremos informando”, declaró la funcionaria ante medios.

De acuerdo con la Constitución de la entidad, la titular de la Secretaría de Gobernación es quien asume la cabeza del despacho. 

Lo siguiente es que el Congreso Local asigne un sustituto de manera formal, quien finalice con la administración hasta el año de 2024. Esta es la segunda ocasión que un mandatario muere en funciones.

La primera vez fue en 2018, cuando Martha Erika, a 10 días de tomar posesión, perdió la vida a lado de su esposo Rafael Moreno Valle en un accidente de avión.

En el Congreso de Puebla, Verónica Vélez Macuil, directora de Comunicación Social, dijo que el Gobernador Miguel Barbosa Huerta, cambio la forma de hacer política. “Su legado será imborrable con el paso del tiempo, desterró privilegios de esta tierra y combatió la inseguridad y corrupción”, agregó.

También se destacó que su gobierno “siempre fue cercano a la gente”, una forma de hacer política que “enorgullece a Puebla”. El principal deber de los principales poderes del Estado es garantizar la continuidad de las funciones de la Administración Pública. 

“Conforme a la ley, la Secretaria de Gobernación Ana Lucía Hill Mayoral asumirá la condición de encargada del despacho, en tanto el Congreso nombra a quien deba suplir la falta de nuestro gobernador Barbosa”, se dijo en conferencia. 

La noticia del fallecimiento de Miguel Barbosa fue confirmada la tarde de este martes por el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien lamentó la muerte de su compañero y aseguró que se comunicó con su esposa María del Rosario Orozco Caballero para expresarle sus condolencias. 

El mandatario de 63 años estaba internado en el Hospital de Traumatología y Ortopedia de la Secretaría de Salud.

Sus familiares y personas cercanas no se han pronunciado al respecto sobre los motivos de la muerte, sin embargo, alrededor de las 11:00 horas su equipo de comunicación informó que había sido trasladado a la Ciudad de México de emergencia pero su estado de salud era estable.  

Cabe señalar que el político mexicano, que inició su carrera política en el Partido de la Revolución Democrática (PRD) a lado del Ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas, tenía antecedentes de padecer diabetes, hecho que lo llevó a la amputación del pie derecho en 2013; desde entonces, Barbosa utilizaba prótesis y de manera regular se trasladaba en silla de ruedas, tal como sucedió durante la marcha del pasado 4 de diciembre en apoyo al presidente Andrés Manuel López Obrador y la 4T.

Fuente El Heraldo de México

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Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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