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Consulta sobre Fuerzas Armadas será en enero y serán 3 preguntas

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Ciudad de México.- Será el 22 de enero de 2023 el día en que se lleve a cabo la consulta que la Secretaría de Gobernación (Segob) llevará a cabo para conocer la opinión ciudadana acerca de las Fuerzas Armadas y si deberían continuar en las calles hasta 2028.

En conferencia en Palacio Nacional, el secretario Adán Augusto López presentó lo que será el “ejercicio participativo para escuchar la opinión del pueblo en materia de seguridad pública”.

Aclaró que este ejercicio “no se trata propia sino un ejercicio de participación social” y del cual estará a cargo la Segob, según lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

López Hernández anunció que el 22 de enero, en un horario de 08:00 a 18:00 horas la ciudadanía podrá participar con su INE o una identificación oficial con fotografía en este ejercicio participativo, en el que se plantearán las siguientes tres preguntas:

  1. ¿Estás de acuerdo con la creación de la Guardia Nacional y con su desempeño hasta ahora?
  2. ¿Consideras que las Fuerzas Armadas, el Ejército y la Marina deberían mantenerse haciendo labor de seguridad pública hasta 2028 o que regresen a sus cuarteles en marzo de 2024?
  3. ¿Cuál es tu opinión de que la Guardia Nacional pase a formar parte de la Sedena o dependa de la Segob o de la SSPC?

El titular de la Segob explicó que de acuerdo con el Instituto Nacional Electoral, en México hay 68 mi l989 secciones electorales, por lo que el objetivo será que se instale un centro para recibir la opinión ciudadana en cada una de esas secciones.

De acuerdo con lo presentado, a partir de del 4 de octubre se llevará a cabo una reunión con los gobernadores y gobernadoras para invitarlos a coadyuvar en la organización de este ejercicio.

Así, a partir del 10 de octubre y hasta el 16 de enero se llevará a cabo la campaña de difusión del ejercicio, así como las diversas actividades como debates.

De esta manera el domingo 22 de enero se prevé la realización de este ejercicio participativo, cuyos resultados se presentarán el 24 de octubre.

López Hernández anunció que si la iniciativa sobre mantener a las Fuerzas Armadas en las calles hasta 2028 no es avalada por el Congreso, en enero se presentará otra que incluya la opinión ciudadana.

En la eventualidad que la minuta que está en comisiones en el Senado no fuera aprobada, se presentaría en los primeros días de febrero una nueva iniciativa que tomara en cuenta la opinión de los ciudadanos”, aseguró.

Por su parte, el presidente Andrés Manuel López Obrador destacó la realización de este ejercicio apregada en el marco de la legalidad.

Además, aclaró que si bien los resultados no serán vinculatorios, el objetivo es continuar con el impulso de que la ciudadanía participe en las decisiones que se toman en el país.

“No se va a llamar consulta porque tenemos que actuar en el marco de la legalidad, sí hay un proceso legal que puede llevarse a acabo, que es como una consulta, pero tiene otro nombre. No va a ser vinculatorio, pero nos importa que se avance en la democracia participativa, porque la democracia significa el ‘poder del pueblo‘”, afirmó.

Fuente Excelsior

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Nacional

Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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