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José Manuel Mireles queda fuera del proceso electoral tras fallo del TEPJF

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CIUDAD DE MÉXICO, 15 DE JUNIO.- Por segunda vez consecutiva, la candidatura a diputación local del exlíder de las autodefensas, José Manuel Mireles, Valverde, fue anulada tras una resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En sesión pública, la Sala Regional Toluca confirmó la sentencia dictada en el expediente JDC-114/2018, del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), en el que Francisco Cedillo de Jesús impugnó la candidatura plurinominal por Morena de Mireles Valverde.

Con esta resolución del máximo órgano electoral, el doctor Mireles queda fuera de la contienda y no podrá acceder a la diputación local.

De último momento, el 21 de abril, Manuel Mireles, fue registrado como candidato de representación proporcional de Morena para el Congreso local.

Mireles, fundador del Consejo General de Autodefensas y Comunitarios de Michoacán, entró en lugar de Francisco Zedillo de Jesús para un escaño como diputado plurinominal; en la segunda posición permanece Wilma Zavala Ramírez, y en la tercera el experredista Fidel Calderón Torreblanca.

El 1 de junio, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) invalidó la candidatura plurinominal a diputado local que Morena había otorgado al exlíder de las autodefensas en Michoacán.

Luego, por unanimidad, los magistrados ordenaron al Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) registrar a Francisco Cedillo de Jesús en la primera fórmula en la lista de candidatos plurinominales de Morena al Congreso local.

El juicio ciudadano fue promovido por el propio Cedillo de Jesús, quien dijo haber sido sustituido en esa posición de la lista de plurinominales sin ninguna razón ni fundamento.

Cedillo solicitó su registro el 10 de abril como propietario de la formula; 13 días después, el Consejo General del IEM aprobó la lista de candidatos ya con el nombre de José Manuel Mireles.

Al haber conocido de la sustitución hasta el último momento, el TEEM consideró que el IEM no tenía fundamento para validar el registro del exlíder de autodefensas.

Francisco Cedillo fue reemplazado por Mireles luego de que la Comisión de Honestidad y Justicia de Morena lo inhabilitara por supuestas faltas en asambleas del partido.

El pleno del Tribunal Electoral revocó esa resolución del órgano interno, al considerar la medida excesiva y contraria al principio de presunción de inocencia.

El 5 de junio, Roberto Pantoja Arzola, dirigente estatal Morena informó que el exlíder de las autodefensas de nueva cuenta fue registrado ante el Instituto Electoral de Michoacán (IEM), como candidato a la diputación local por la vía de representación proporcional.

Fuente Proceso

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Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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