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Huracán “Fiona” en el Atlántico se alejará de México y se dirige a costas de EU

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Ciudad de México.- Durante las primeras horas del 20 de septiembre de 2022, el Servicio Meteorológico Nacional (SMN) y la Comisión Nacional del Agua (Conagua) informaron sobre un ciclón tropical ubicado en el Océano Atlántico, mismo que se intensificó en apenas unas horas a Categoría 3 y se ubica cerca de las costas mexicanas.

De acuerdo con los reportes, el huracán “Fiona” se ubicó 70 km al sur-sureste de Grand Turk Island y a 1,655 km al este de las costas de Quintana Roo; sin embargo, su trayectoria es hacia el nor-noroeste a 17 kilómetros por hora; es decir, se alejará de tierras mexicanas con rumbo a Florida, Estados Unidos.

Pese a no representar un peligro para el país, el pronóstico indica que seguirá subiendo su intensidad. Para las 19:00 horas podría ubicarse a 1,605 km al este-noreste de Cancún ya como categoría 4; y se mantendrá así por lo menos hasta el 22 de septiembre, cuando esté a 2,170 km al noreste de Cabo Catoche, también en el estado de Quintana Roo.

Leyenda

Para el 24 de septiembre, ya como un Ciclón Post Tropical, podría estar llegando a las islas canadienses ubicadas cerca de Ottawa, a 4,005 km al nor-noreste de Cabo Catoche,  México, y causar algunos estragos para dicha nación.

Su trayectoria inició como una Depresión Tropical el día 14 de septiembre a 1,300 km al este de las Antillas Menores y a 3,940 km al este de las costas de Quintana Roo; y hasta el momento, lo más cerca que había estado de territorio Azteca fue a 55 km al norte de Cabo Francés Viejo, República Dominicana y a 1,775 km al este de las costas de Quintana Roo como Categoría 2.

En caso de existir algún cambio significativo en su trayectoria, pronósticos o dirección, será la Conagua encargada de hacer el monitoreo correspondiente y publicar las actualizaciones a través de sus redes sociales oficiales o en la página del Gobierno de México

Tormenta tropical “Madeline”

En las costas mexicanas, por otra parte, preocupa que la Tormenta Tropical “Madeline” se mantuvo al sur de la península de Baja California, a 250 kilómetros al sur-suroeste de Cabo San Lucas, y con un desplazamiento hacia el oeste-noroeste a 13 kilómetros por hora.

En b reve podría ubicarse lo más cerca que estará de tierra, de acuerdo con los pronósticos hasta el momento, a 280 km al suroeste de Cabo San Lucas en categoría de Tormenta Tropical, misma que provocará  lluvias puntuales fuertes a intensas en el occidente y noroeste de la República Mexicana.

Las autoridades advirtieron, en este contexto, que la situación podría generar también fuertes vientos y oleaje elevado en costas, así como provocar el incremento de ríos y arroyos, por lo que pidieron estar alertas de las indicaciones de la Coordinación Nacional de Protección Civil.

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Nacional

Entra en vigor el Fondo de Pensiones para el Bienestar

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Esta noche se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que, entre otras cosas, modifica el destino de los recursos de aquellos ahorros de los trabajadores que no sean reclamados.

El decreto se publicó en la edición vespertina de este martes 30 de abril, el cual entrará en vigor mañana miércoles 1 de mayo.

¿Qué es el Fondo de Pensiones del Bienestar?
El dictamen para la creación del Fondo reforma y adiciona las siguientes leyes:

  • Del Seguro Social
  • Del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)
  • Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste)
  • De los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
  • Del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
  • Abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
  • El Fondo para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos a los institutos de seguridad social.

Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario.

De acuerdo con Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, antes de la reforma de 1997, impulsada por el presidente priista Ernesto Zedillo, el sistema de pensiones estaba en función del salario. 

“Las pensiones estaban a cargo del IMSS. Te podías jubilar a los 60 años y con 10 años de trabajo, es decir, con 500 semanas de cotización”.
Detalló que antes un trabajador que ganaba 10 mil pesos se jubilaba en promedio con 10 mil pesos, prácticamente el 100 por ciento de su salario.

¿Y qué pasará con los Afores?
En el momento en el que se apruebe la creación de dicho Fondo, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.

Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. 

Esto NO será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Issste.

Fuente Milenio

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Nacional

¡No más niños en moto! Aprueban diputados modificación en la Ley de Movilidad

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CDMX.-Con 409 votos a favor, 25 en contra y 0 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la modificación al artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años puedan viajar en motocicleta, aún cuando cumplan con la portación de casco.

Durante la sesión de este lunes, las y los diputados avalaron el dictamen que impide que niños viajen en este tipo de vehículos, con el objetivo principal es salvaguardar el bienestar de los menores de edad.

Actualmente la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas, sin embargo, con esta reforma ya no se podrá transportar a los menores de 12 años.

Dicha ley sólo contemplaba que cualquier persona menor de 12 años viaje en los asientos traseros y con el cinturón de seguridad para proteger su integridad física.

El dictamen fue posteriormente enviado al Senado para continuar su proceso legislativo.

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